miércoles, 15 de julio de 2015

Tlatlaya: políticas de seguridad fallidas fomentan violaciones graves de DDHH



  • Organizaciones de derechos humanos pedimos al Estado mexicano combatir la impunidad, y lograr que en todos los casos de violación a los derechos humanos haya verdad justicia y reparación.


México, D.F. a 15 de julio de 2015.- Desde la presentación del informe “La Orden Fue Abatir”, del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, el pasado 2 de julio, se ha vuelto a visibilizar la preocupante situación en materia de derechos humanos, en particular sobre el alarmante uso desmedido de la fuerza, que ha llevado a la comisión de ejecuciones extrajudiciales y otras violaciones graves a los derechos humanos en el contexto de la estrategia de seguridad implementada desde diciembre de 2006, y en el marco del combate al crimen organizado.

A más de un año de la masacre de Tlatlaya, donde 22 personas perdieron la vida en el Estado de México, el Centro ProDH presentó los principales retos en materia de justicia, verdad y reparaciones en el caso Tlatlaya, el cual consideramos emblemático y una muestra de las consecuencias de la guerra contra las drogas. Las organizaciones firmantes nos hemos sumado a la exigencia de las víctimas de este caso por alcanzar verdad, justicia y reparación, haciendo hincapié en la necesidad de modificar las políticas que han puesto en riesgo la seguridad y los derechos de la sociedad mexicana.

Si bien el caso de Tlatlaya es paradigmático, no se trata de un evento aislado. Tlatlaya es ejemplo de una política de Estado de matar personas, enmarcada en un cuadro de violaciones graves a derechos humanos, como es la práctica sistemática y generalizada de la tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes. No nos cabe duda que se trate de una decisión de Estado de no impulsar decididamente la profesionalización de la policía, lo que ha llevado a colocar a las Fuerzas Armadas en labores de seguridad, militarizando así la seguridad pública.

La presencia militar ha significado un riesgo palpable de violación a derechos humanos, por lo que las organizaciones coincidimos en que la solución es establecer cuanto antes un plan de salida de las Fuerzas Armadas de las labores de seguridad pública, y su regreso a los cuarteles.

Hemos mencionado en reiteradas ocasiones que la Reforma al Código de Justicia Militar realizada en 2014 no es suficiente para garantizar los principios de la correcta administración de justicia, cuando se trata de afectaciones y violaciones a los derechos humanos, tanto de civiles como de miembros de las fuerzas armadas.

Sobre el uso del término “abatir” coincidimos en que no se trata de un sinónimo de matar o asesinar, ni que ésta sea la única instrucción; sin embargo, se ha utilizado para referirse a la pérdida de vidas, y consideramos que se trata de un incentivo para ejecutar y cometer violaciones a derechos humanos.  De acuerdo a información obtenida mediante solicitudes de acceso a la información, entre el 1º de diciembre de 2006 y el 31 de diciembre de 2014, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) ha emitido 53 recomendaciones por ejecuciones extrajudiciales, de las cuales 42 fueron dirigidas a la Secretaría de Defensa Nacional y a la Secretaría de Marina. Resulta entonces preocupante que dentro de esta política de seguridad la orden no sea detener y poner a disposición, sino abatir y ejecutar.

Celebramos la decisión de la CNDH de exigir a la SEDENA que se “revoquen o sean modificados” todos los documentos y ordenanzas militares –vigentes a la fecha– en los que se utilicen términos como abatir personas u otros similares, sin precisar los alcances específicos.

No obstante, insistimos en que no es sólo cuestión del uso de los términos, sino también de la necesidad apremiante de analizar los resultados de una política de seguridad que no está funcionando. Tlatlaya y otros eventos evidencian que esta política de mano dura, donde no se respetan los derechos humanos, no ha sido efectiva para brindar seguridad. Por ello es de carácter urgente encontrar soluciones prácticas para revertir las crisis de Estado de Derecho y de seguridad que atraviesa el país.

La repetición y forma coincidente de las violaciones graves a derechos humanos excluye toda posibilidad de que se trate de violaciones a derechos humanos aisladas. Las Fuerzas Armadas han ejecutado sistemáticamente a población civil en el marco de una política en la que no se investiga, procesa y castiga a los responsables; lo que podría constituir crímenes de lesa humanidad.

Las instituciones de impartición de justicia han probado que no tienen la capacidad o la voluntad para investigar y sancionar a los responsables de los delitos. Es urgente buscar alternativas, tomando en cuenta las buenas prácticas internacionales para combatir la impunidad.

Las organizaciones firmantes hacemos un enérgico llamado a que se realicen investigaciones prontas, imparciales e independientes sobre las personas responsables materialmente de los hechos de Tlatlaya, así como de quienes institucionalmente son responsables. Los datos y recomendaciones presentados en el Informe muestran que casos como Tlatlaya tienen un fondo estructural y deben ser atendidas de manera inmediata.

Las organizaciones firmantes pedimos al Estado mexicano en todos sus niveles combatir la impunidad, y lograr que en todos los casos donde hubo una violación a los derechos humanos haya verdad justicia y reparación.


Artículo 19
Casa del Migrante de Saltillo [Frontera con Justicia AC] 
Centro de Derechos Humanos Bartolomé Carrasco A.C (Barcadh)
Centro de Derechos Humanos Fray Francisco Vitoria
Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, A.C.
Centro de Derechos Humanos de la Montaña "Tlachinollan"
Centro de Derechos Humanos de las Mujeres (CEDEHM) 
Centro de Derechos Humanos Paso del Norte
Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo, A.C. (CEPAD)
Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A.C.
Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, A.C. (CMDPDH)
Comisión de Solidaridad y Defensa de los Derechos Humanos AC (Cosyddhac)
FUNDAR, Centro de Análisis e Investigación
Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia.
JASS (Asociadas por lo Justo)
Red Mesa de Mujeres de Ciudad Juarez A C
Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas y Todos” (conformada por 75 organizaciones en 21 estados de la República mexicana):
Agenda LGBT (Estado de México); Alianza Sierra Madre, A.C. (Chihuahua); Asistencia Legal por los Derechos Humanos, A.C. (AsiLegal) (Distrito Federal); Asociación Jalisciense de Apoyo a los Grupos Indígenas, A.C. (AJAGI) (Guadalajara, Jal.); Bowerasa, A.C. “Haciendo Camino” (Chihuahua, Chih.); Casa del Migrante Saltillo (Saltillo, Coah.); Católicas por el Derecho a Decidir, A.C. (Distrito Federal); Centro “Fray Julián Garcés” Derechos Humanos y Desarrollo Local, A. C. (Tlaxcala, Tlax.); Centro de Apoyo al Trabajador, A.C. (CAT) (Distrito Federal); Centro de Derechos Humanos “Fray Bartolomé de Las Casas”, A. C. (San Cristóbal de Las Casas, Chis); Centro de Derechos Humanos Digna Ochoa, A.C (Tonalá, Chis.); Centro de Derechos Humanos “Fray Francisco de Vitoria O.P.”, A. C. (Distrito Federal); Centro de Derechos Humanos “Miguel Agustín Pro Juárez”, A. C. (Distrito Federal); Centro de Derechos Humanos “Don Sergio” (Jiutepec, Mor.); Centro de Derechos Humanos “Fray Matías de Córdova”, A.C. (Tapachula, Chis.); Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan, A. C. (Tlapa, Gro.); Centro de Derechos Humanos de las Mujeres (Chihuahua); Centro de Derechos Humanos de los Pueblos del Sur de Veracruz “Bety Cariño”, A.C. (Tatahuicapan de Juárez, Ver.); Centro de Derechos Humanos “Juan Gerardi”, A. C. (Torreón, Coah.); Centro de Derechos Humanos Paso del Norte (Cd. Juárez, Chih.); Centro de Derechos Humanos Victoria Diez, A.C. (León, Gto.); Centro de Derechos Indígenas “Flor y Canto”, A. C. (Oaxaca, Oax.); Centro de Derechos Humanos Toaltepeyolo (Orizaba, Veracruz); Centro de Derechos Indígenas A. C. (Bachajón, Chis.); Centro de los Derechos del Migrante (Distrito Federal); Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo, A. C. (CEPAD) (Guadalajara, Jal.); Centro de Reflexión y Acción Laboral (CEREAL-DF) (Distrito Federal); Centro de Reflexión y Acción Laboral (CEREAL-Guadalajara) (Guadalajara, Jal.); Centro Diocesano para los Derechos Humanos “Fray Juan de Larios”, A.C. (Saltillo, Coah.); Centro Juvenil Generando Dignidad (Comalcalco, Tabasco); Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA) (Distrito Federal); Centro Mujeres (La Paz, BCS.); Centro Regional de Defensa de DDHH José María Morelos y Pavón, A.C. (Chilapa, Gro.); Centro Regional de Derechos Humanos “Bartolomé Carrasco”, A.C. (BARCA) (Oaxaca, Oax.); Ciencia Social Alternativa, A.C. KOOKAY (Mérida, Yuc.); Ciudadanía Lagunera por los Derechos Humanos, A.C. (CILADHAC) (Torreón, Coah.); Colectivo Educación para la Paz y los Derechos Humanos, A.C. (CEPAZDH) (San Cristóbal de Las Casas, Chis.); Colectivo contra la Tortura y la Impunidad (CCTI) (Distrito Federal); Comité Cerezo (Distrito Federal); Comité Cristiano de Solidaridad Monseñor Romero (Distrito Federal); Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos “Hasta Encontrarlos”(Distrito Federal); Comisión de Derechos Humanos y Laborales del Valle de Tehuacán, A.C. (Tehuacán, Pue.); Comisión de Solidaridad y Defensa de los Derechos Humanos, A.C. (COSYDDHAC) (Chihuahua, Chih.); Comisión Independiente de Derechos Humanos de Morelos, A. C. (CIDHMOR) (Cuernavaca, Mor.); Comisión Regional de Derechos Humanos “Mahatma Gandhi”, A. C. (Tuxtepec, Oax.); Comité de Defensa Integral de Derechos Humanos Gobixha A.C. (CODIGODH) (Oaxaca, Oax.); Comité de Defensa de las Libertades Indígenas (Palenque, Chis.); Comité de Derechos Humanos Ajusco (Distrito Federal); Comité de Derechos Humanos “Fr. Pedro Lorenzo de la Nada”, A. C. (Ocosingo, Chis.); Comité de Derechos Humanos “Sierra Norte de Veracruz”, A. C. (Huayacocotla, Ver.); Comité de Derechos Humanos de Colima, A. C. (Colima, Col.); Comité de Derechos Humanos de Comalcalco, A. C. (CODEHUCO) (Comalcalco, Tab); Comité de Derechos Humanos de Tabasco, A. C. (CODEHUTAB) (Villahermosa, Tab); Comité de Derechos Humanos y Orientación Miguel Hidalgo, A. C. (Dolores Hidalgo, Gto.); Comité Sergio Méndez Arceo Pro Derechos Humanos de Tulancingo, Hgo A.C. (Tulancingo, Hgo.); El Caracol, A.C (Distrito Federal); Estancia del Migrante González y Martínez, A.C. (Querétaro, Qro.); Frente Cívico Sinaloense. Secretaría de Derechos Humanos (Culiacán, Sin.); Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho (Distrito Federal); Indignación, A. C. Promoción y Defensa de los Derechos Humanos (Mérida, Yuc.); Iniciativas para la Identidad y la Inclusión A.C. (INICIA) (San Cristóbal de Las Casas, Chis.); Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuria, S.J. Universidad Iberoamericana- Puebla (Puebla, Pue.); Instituto Guerrerense de Derechos Humanos, A. C. (Chilpancingo, Gro.); Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia (Distrito Federal); Instituto Mexicano para el Desarrollo Comunitario, A. C. (IMDEC) (Guadalajara, Jal.); Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente. Programa Institucional de Derechos Humanos y Paz (Guadalajara, Jal.); Mujeres Indígenas por la Conservación, Investigación y Aprovechamiento de los Recursos Naturales, A. C. (CIARENA) (Oaxaca); Oficina de Defensoría de los Derechos de la Infancia A.C. (ODI) (Distrito Federal), Programa Universitario de Derechos Humanos. UIA –León (León, Gto.); Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ProDESC) (Distrito Federal); Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (PODER) (Distrito Federal); Promoción de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PRODESCAC) (Estado de México); Respuesta Alternativa, A. C. Servicio de Derechos Humanos y Desarrollo Comunitario (San Luis Potosí); Servicio, Paz y Justicia de Tabasco, A.C. (SERPATAB) (Villahermosa, Tab.); Servicios de Inclusión Integral, A.C. (SEIINAC) (Pachuca, Hgo.); Tequio Jurídico A.C. (Oaxaca, Oax.)


viernes, 10 de julio de 2015

Inadmisible la violencia contra niñas y mujeres en Chihuahua



Chihuahua, Chih., 10 de julio de 2015. La situación de violencia contra las mujeres en el estado de Chihuahua no ha dejado de ser preocupante, e incluso escandalosa. Lo que se busca presentar como “hechos aislados” por distintas autoridades, no es otra cosa que el consentimiento para la reproducción y perpetuación de la violencia hacia las niñas y mujeres por parte de todos los niveles y poderes del estado.

Los ataques violentos y asesinatos de mujeres en lo que va del año en el estado, evidencian la lo poco que se ha avanzado en una urgente transformación cultural que deberían llevar a cabo las autoridades en apego tanto a los acuerdos y tratados internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres, así como a las legislaciones generales y locales derivadas de éstos. La igualdad sustantiva y el derecho a vivir una vida libre de violencias -que transversalizan la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, 1979) y especialmente, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención Belém do Pará, 1994)-, no sólo está lejos de alcanzarse en Chihuahua, sino que lo que se ha logrado hasta el momento en este sentido, corre grave riesgo de retroceso, derivado de toda una serie de omisiones, errores dolosos y falta de sensibilidad de todos las autoridades estatales.

Entre otros hechos representativos de este clima de misoginia, se encuentra la detención del maestro de primaria por los delitos de violación y abuso sexual a al menos a 14 niñas indígenas en el municipio de Bocoyna; la detención en enero pasado de una adolescente de 16 años y la mujer que la asistió por el delito de aborto (quien posteriormente acudió a la audiencia penal en silla de ruedas por la tortura sufrida en detención); el hallazgo en febrero de una joven muerta que había sido denunciada como desaparecida desde 2009, de la que sin embargo la Fiscalía contaba con los restos desde el 2013; el hecho de que los asesinatos de mujeres por sus parejas sentimentales siguen siendo tratados como delitos pasionales; la falta de sanción adecuada de los homicidios de mujeres (como el caso de Jazmín Rodríguez); y el indignante homenaje post portem por la Policía Municipal de Parral de uno de sus policías que se suicidó tras dispararle a su pareja sentimental.  

A las autoridades del estado de Chihuahua, no les ha quedado claro que la violencia contra las mujeres tiene que ser sobre todo prevenida, investigada y sancionada, a través de la implementación de políticas públicas específicas que transformen tanto la condición de las mujeres así como las relaciones de poder que se construyen a partir de los estereotipos de género. Ello, muy a pesar de lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso González y otras vs. México.

Peor aún, el día de ayer trascendió en medios de comunicación el caso del Magistrado de la Segunda Sala Civil del Distrito Bravo en Ciudad Juárez, Filiberto Terrazas Padilla, quien al llegar a su casa en estado de ebriedad habría golpeado salvajemente a su esposa, para después echarla a la calle junto con sus hijos y amenazarles de muerte. Preocupa a  las organizaciones que justamente una de las responsabilidades del magistrado, es garantizar el acceso a la justicia de mujeres que viven violencia, contradictoriamente, pocas esperanzas pueden tener las víctimas que acuden ante este juzgado para protección de la justicia.

Las organizaciones integrantes del Movimiento de Mujeres de Chihuahua denunciamos que las formas de operación de este sistema misógino en el estado, las cuales incluyen la normalización y/o justificación de hechos violentos en contra de las niñas y mujeres, la victimización de las mismas, así como la perpetuación sistemática de un sistema jurídico y administrativo que permite y alienta la reproducción de estas actitudes violentas.

Con todo ello, el estado de Chihuahua vuelve a ser un ejemplo nacional e internacional de cómo no actuar para las autoridades de los tres poderes de gobierno. Nunca antes, como ahora, los derechos alcanzados para y por las mujeres, se habían encontrado en tanto riesgo de retroceder.


Por lo anterior que exigimos:

1.      Que el Gobernador del Estado, César Duarte Jáquez, dé cabal cumplimiento al contrato firmado con el Movimiento de Mujeres de Chihuahua en noviembre de 2012.

2.      Que, luego de las investigaciones correspondientes, se emitan las sanciones penales y administrativas correspondientes contra el magistrado Filiberto Terrazas Padilla, cuyo nombramiento -al igual que otros 13 abogados/as sin experiencia en el ámbito de procuración y administración de la justicia- fue ratificado por el congreso de Chihuahua en noviembre de 2014.

3.      Que se haga una urgente revisión a las políticas y presupuestos destinados a las instancias de prevención, procuración y administración de justicia, para garantizar que las niñas y mujeres vivamos sin violencia en Chihuahua.

4.      Que el Supremo Tribunal de Justicia de Chihuahua establezca de una vez por todas un Consejo de la Judicatura que deberá responsabilizarse de la selección, formación y supervisión de funcionarios y funcionarias judiciales.



Atentamente,

Abogadas Demócratas
Centro de Atención a la Mujer Trabajadora, A.C. (CAMT)
Centro de Derechos Humanos de las Mujeres, A.C. (CEDEHM)
Círculo de Estudios de Género, A.C. (CEG)
Ecos de Mirabal
Justicia para Nuestras Hijas, A.C.
Fátima, I.B.P.
Grupo Feminista 8 de Marzo
Grupo Género Parral
Grupo Promotor de los Derechos Políticos de las Ciudadanas
Kakum Colectiva
Mujeres Barzonistas
Mujeres por México en Chihuahua, A.C.
Red por la Participación Ciudadana, A.C.
Observa Ciudadan@
Organización para la Defensa del Patrimonio Familiar y los Derechos Humanos, A. C. (UCD Chihuahua)
Red Mesa de Mujeres de Ciudad Juárez


jueves, 9 de julio de 2015

Carta al Presidente del Congreso de Chihuahua sobre propuestas para reforma político-electoral




Chihuahua, Chih., 3 de Julio de 2015

DIP. FERNANDO MARIANO REYES RAMÍREZ
Presidente de la Comisión Permanente del
Congreso del Estado
P r e s e n t e

Ref.: Solicitud para tomar en cuenta propuestas para reforma político-electoral             
               
El pasado 17 de octubre del año próximo pasado el Grupo Promotor de los Derechos Políticos de las Ciudadanas enviamos carta al entonces presidente del Congreso Dip. Rodrigo de la Rosa Ramírez, en virtud de que teníamos conocimiento de que se había instalado en el Congreso la mesa técnica para revisar la reforma política-electoral, por lo que le solicitamos la incorporación de cinco mujeres del Movimiento Estatal de Mujeres en Chihuahua, a efecto de tomar en consideración las observaciones y/o propuestas que en su caso pudieran surgir del análisis de la Constitución del Estado y de la Ley Electoral.

En sesión del Consejo Consultivo, del Consejo Consultivo de los Centros de Justicia para las Mujeres y del Consejo para Garantizar el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Instituto Chihuahuense de la Mujer, celebrada el 19 de junio del presente,  y presidida por el Lic. Mario Trevizo Salazar, Presidente del Consejo Consultivo de los Centros de Justicia para las Mujeres y Secretario General de Gobierno, manifestamos nuestra inquietud de que la reforma política del estado en materia  Constitucional y Electoral fuera aprobada el 30 de junio del presente año y no fuera armonizada con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con la Ley General de Partidos, a lo que respondió que no se contaba con la iniciativa por lo que no saldría antes de junio; el Lic. Mario Trevizo mantuvo su postura, a pesar de que le señalamos que ya en otras ocasiones lo habían hecho como fue el caso de la reforma aprobada por la LXII Legislatura del Congreso a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública en la última sesión ordinaria del año 2010 y que afortunadamente no fue publicada por el Ejecutivo.

Como es de su conocimiento, el pasado martes fue aprobada la reforma a la Constitución Política del Estado, con los temas principales de las candidaturas independientes, el porcentaje de votación estatal válida para tener acceso al financiamiento público estatal, la asignación de hasta tres diputados/as plurinominales adicionales, aumento de Magistrados/as del Tribunal Estatal Electoral entre otros y lamentablemente dejaron fuera temas primordiales para los derechos de las mujeres como es la paridad horizontal, el financiamiento para la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres y el relativo para el impulso de los diversos mecanismos con perspectiva de género entre otros.

Debido a la ausencia de inclusión del tema, la Junta de Coordinación Política emitió acuerdo para incorporar la paridad de género de manera horizontal en la reforma a la Ley Electoral del Estado, lo cual es importante pero aún más  trascendente  los temas mencionados en el párrafo anterior, así como la paridad de género de manera horizontal queden incorporados en la Constitución del Estado, además la corrección del artículo 40 de la Constitución local ya que cuando incorporamos la paridad en la asignación de diputados electos por el principio de representación proporcional,  quedó plasmado que la lista no podrá contener entre propietarios y suplentes más del 50% de candidatos de un mismo género.

Finalmente, queremos recordarle que, de acuerdo con el artículo 1º. De la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, “todas las autoridades en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.” Ello implica que, de acuerdo con diversos tratados de derechos humanos (especialmente la Convención sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, CEDAW), las personas que integran el Congreso del Estado (en su calidad de funcionarios públicos) deben garantizar la adecuada consulta y participación efectiva de las mujeres en la discusión de legislación y la adopción de políticas públicas, como lo prevé el articulo 7 de esa Convención.[1] Ello, con el fin de que sea alcanzada la igualdad sustantiva de las mujeres en nuestros ordenamientos local, nacional e internacional.

Por todo lo anterior, reiteramos la solicitud que nuestras propuestas sean tomadas en cuenta y, así mismo, estamos en disposición de comentar y argumentar nuestro planteamiento. Por último solicitamos nos informen cuándo se discutirá la reforma a la Ley Electoral para hacerles llegar nuestras propuestas.



ATENTAMENTE,

Abogadas Demócratas
Centro de Atención a la Mujer Trabajadora, A.C. (CAMT)
Centro de Derechos Humanos de las Mujeres, A.C. (CEDEHM)
Círculo de Estudios de Género, A.C. (CEG)
Ecos de Mirabal
Justicia para Nuestras Hijas, A.C.
Fátima, I.B.P.
Grupo Feminista 8 de marzo
Grupo Promotor de los Derechos Políticos de las Ciudadanas
Kakum Colectiva
Mujeres Barzonistas
Mujeres por México en Chihuahua, A.C.
Red por la Participación Ciudadana, A.C.
Observa Ciudadan@ Observatorio para el Acceso a la Información Pública
Organización para la Defensa del Patrimonio Familiar y los Derechos Humanos, A. C. (UCD Chihuahua)


Contacto:
BLANCA GÁMEZ GUTIÉRREZ
Celular 614.142.0680

ccp                Dip. César Augusto Pacheco Hernández, Presidente de la Junta de Coordinación Parlamentaria hasta el 30/06/15
                        Lic. Mario Trevizo Salazar, Secretario General de Gobierno
                        Dip. Rodrigo de la Rosa Ramírez, Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI
                        Dip. César Gustavo Jáuregui Moreno, Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN
                        Dip. Gustavo Martínez Aguirre, Coordinador del Grupo Parlamentario del PNA
                        Dip. Claudia Lucía Carrillo Trevizo, Coordinadora del Grupo Parlamentario del PVEM
                        Dip. América Victoria Aguilar Gil, Coordinadora del Grupo Parlamentario del PT
                       Dip. Hortensia Aragón Castillo, Coordinadora del Grupo Parlamentario del PRD e integrante de la Comisión de                      Igualdad, Género y Familia
                        Lic. Emma Saldaña Loera, Presidenta del Instituto Chihuahuense de la Mujer
                        Dip. Ana Lilia Gómez Licón, Integrante de la Comisión de Igualdad, Género y Familia
                        Dip. Tania Teporaca Romero del Hierro, Integrante de la Comisión de Igualdad, Género y Familia
                        Dip. Ma. Elvira González Anchondo, Integrante de la Comisión de Igualdad, Género y Familia
                        Dip. Laura Enriqueta Domínguez Esquivel
                        Dip. Gloria Porras Valles
                        Dip. Mayra Guadalupe Chávez Jiménez
                        Dip. Águeda Torres Varela
                        Dip. Ma. Eugenia Campos Galván
                        Dip. Daniela Soraya Álvarez Hernández
                       






[1] Tal disposición señala lo siguiente;
Artículo 7. Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país y, en particular, garantizarán a las mujeres, en igualdad de condiciones con los hombres, el derecho a:
a) Votar en todas las elecciones y referéndums públicos y ser elegibles para todos los organismos cuyos miembros sean objeto de elecciones públicas;
b) Participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas, y ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en todos los planos gubernamentales;
c) Participar en organizaciones y en asociaciones no gubernamentales que se ocupen de la vida pública y política del país.

miércoles, 8 de julio de 2015

Inexplicablemente, Juez de Chihuahua condena a un feminicida a 15 años de prisión, cuando el Código Penal del Estado establece una pena mínima de 30 años

Igualmente inexplicable, que la negligencia de las autoridades haya culminado en el feminicidio de Jazmín Nayeli Rodríguez


Chihuahua, Chih., 8 de julio de 2015. Jazmín Nayeli Rodríguez Gallardo, era una joven funcionaria pública del Gobierno de Chihuahua que trabajó inicialmente en la Fiscalía de Atención a Víctimas y posteriormente como policía estatal. Al igual de cientos de mujeres en esta entidad federativa, esta joven de 26  años víctima de violencia familiar  desatendida, cuyo resultado fue sumamente doloroso e indignante: su ex pareja, Oscar Campos Nava cumplió sus amenazas al esperarla afuera de la casa de su madre, arrebatarle la pistola que portaba Jazmín y con ella la asesinó. Posteriormente huyó al extranjero; no obstante, mediante un proceso de extradición, el feminicida fue llevado a juicio.

El 1 de julio del presente año concluyó el  juicio oral sobre este feminicidio. En esta ocasión, el juez que iba a dictar la sentencia definitiva dictó un receso, por lo que la Sra. Bertha Alicia Gallardo salió de la sala y esperó a que volvieran a llamar a las partes para reiniciar el juicio. Inexplicablemente, la señora esperó más de cinco horas afuera de la sala de audiencias hasta que alguien vio a la atribulada madre esperando ser llamada de nuevo en su calidad de ofendida para estar presente en la sentencia, cuando le informaron que hacía varias horas que la audiencia había terminado. Al parecer, habían cambiado de sala y tanto la agente del Ministerio Público como el Juez se olvidaron de avisarle.

Además de este maltrato inexplicable e injustificable -que denota la insensibilidad de los operadores del sistema de justicia en Chihuahua-, la madre de Jazmín fue informada en el pasillo que el feminicida de su hija había recibido una sentencia de quince años.

Ante esta situación injusta, inexplicable y tremendamente lamentable, la Sra. Bertha Alicia acudió al CEDEHM en busca de asesoría. Al hacer las indagaciones con las autoridades, el CEDEHM fue informado que la propia Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género declinó el caso a la Fiscalía Zona Norte debido a que consideraron que no se trataba de un feminicidio ya que el arma utilizada fue una pistola nueve milímetros. Ese fue, inexplicablemente, el criterio de una fiscalía especializada.

Durante el tiempo que Jazmín convivió con su agresor, sufrió violencia física, económica y psicológica. Esta violencia que presenció su bebé que meses de nacido. La Sra. Bertha Alicia Gallardo intervino en múltiples ocasiones para proteger a su hija. Jazmín intentó dejar a su agresor en distintos momentos, pero él la buscaba, la acosaba, la seguía a todos lados, le llamaba por teléfono todo el día,  la amenazaba de muerte y con quitarle a su bebé y llevarlo lejos, incluso en una ocasión lo hizo, pero con ayuda de la policía pudo recuperarlo.

Esta situación de violencia familiar que Jazmín vivía la llevó a pedir ayuda en distintas oficinas de gobierno. Acudió a la Defensoría de Oficio a exponer la situación de violencia que vivía, donde le ofrecieron llevarle un trámite de pensión alimenticia. Luego, fue a la Fiscalía Zona Centro donde fue maltratada y regañada al decirle “que cómo era posible que siendo ella policía, permitiera ese trato”. Inexplicablemente, tampoco hubo una respuesta efectiva, diligente y proporcional de las autoridades a las que la joven rogaba auxilio.

Por último, Jazmín fue a solicitar ayuda al DIF, donde la respuesta fue “que no era bueno iniciar un trámite legal, y que sería mejor que ella se arreglara en forma voluntaria con su ex pareja, por el bien de su hijo, porque era muy triste para la vida de una niño que sus padres estuvieran en pleito legal, y que viera a uno de ellos en visitas supervisadas.”

Hoy, a nadie le importa que ese niño al que trataron de proteger sea un huérfano. Tampoco parece importar que un extorsionador de 10,000 pesos o un secuestrador tengan penas de prisión vitalicia, mientras que los feminicidas obtienen sentencias que no coinciden con el propio Código Penal, ya que el artículo 126 del Código Penal del Estado de Chihuahua establece que la sanción mínima para el asesinato de una mujer es de 30 años.

Ante la negligente respuesta de las autoridades, Jazmín intentaba protegerse y proteger a su hijo y a su madre, pues constantemente le hacía recomendaciones de cuidado del bebé si ella moría. Jazmín presentía tanto su muerte por las amenazas y la falta de protección respecto de estas, que solo unos minutos antes de ser asesinada le grabó y envió un mensaje de voz a su hijo.

Por todas las razones inexplicables, se puede entender por qué la muerte de Jazmín era la única crónica anunciada. Es explicable que una mujer víctima de violencia que denuncia y no obtiene respuesta adecuada de las autoridades, se encuentre en mayor riesgo. Es explicable que una Fiscalía Especializada que no entiende los antecedentes del ciclo de violencia, derive los casos a otras Fiscalías. Es explicable que la madre de una mujer asesinada no sea tomada en cuenta en el juicio contra el feminicida de su hija. Es explicable que una y más vidas de mujeres se pierdan porque las autoridades no cumplen con sus obligaciones.

Todo ello es explicable, pero no es justificable, ni merece perdón ni olvido. Todas las instituciones fallaron en protegerla, como sucede con cientos de mujeres hoy en día que acuden a presentar denuncias cuando su vida corren peligro, y como única opción en enviarles a un refugio, lugares que no tienen la capacidad ni para 30 mujeres, en comparación con las miles de denuncias penales que se presentan en el Centro de Justicia para las Mujeres sobre distintas formas de violencias que siguen sufriendo las niñas y mujeres en Chihuahua. De acuerdo con la Fiscalía Especializada, de las 2,879 denuncias interpuestas entre enero y marzo de este año en Chihuahua y Ciudad Juárez, 2,447 (85%) de las mujeres se quedan sin medidas de protección porque no existe capacidad institucional para implementarlas.

Por ello, exigimos a las autoridades correspondientes:

Primero: una explicación detallada a la madre de Jazmín sobre el proceso y veredicto dictado en el caso de su hija, especialmente sobre la pena impuesta y la reparación del daño moral otorgado, tema continuamente ausente en las sentencias penales.

Segundo: una revisión a fondo sobre el actuar del Juez César Miguel Rodríguez Martínez, Juez del Tribunal Oral, al haber dictado una sentencia injusta y contraria a derecho.

Tercero: una revisión administrativa de todas las autoridades que tuvieron conocimiento de la situación de riesgo en que se encontraba Jazmín Nayeli Rodríguez y que deliberadamente no hicieron nada.

Cuarto: La adopción de medidas estructurales tanto al interior de la Fiscalía como del Poder Judicial y del DIF que redunden en una efectiva protección de mujeres que sufren violencia.



¡Ni una menos!