viernes, 3 de febrero de 2017

Apresuradas, irresponsables y sesgadas las declaraciones de la Fiscalía General del Estado de Chihuahua en torno al asesinato del líder rarámuri Juan Ontiveros



       Es apremiante garantizar una investigación diligente, imparcial y exhaustiva del asesinato.

       Urgimos a las autoridades a abstenerse de emitir declaraciones apresuradas y sin suficiente fundamento.

       Es fundamental proteger la comunidad de Choréachi y a los familiares de Juan Ontiveros Ramos.




Chihuahua, Chih., 3 de febrero de 2017. Las organizaciones que suscribimos este comunicado expresamos nuestra más profunda preocupación por las declaraciones emitidas el día de ayer por la Fiscalía General del Estado de Chihuahua (FGE), las cuales han sido retomadas por diversos medios de comunicación en el estado.

El día de ayer, 2 de febrero, la FGE comunicó “que ya se tiene plenamente identificado al autor material del crimen [del líder rarámuri Juan Ontiveros Ramos] que pertenece a la misma etnia y otro cómplice, quienes ya son buscados por agentes ministeriales.” Asimismo, el comunicado señala que “En la indagatoria realizada por el agente del Ministerio Público se establece que el crimen es de carácter personal, según se deriva de la declaración del hermano de Juan Ontiveros, quien lo acompañaba al momento de los hechos.” El comunicado de la FGE termina señalando que “Los responsables se encuentran sustraídos de la acción de la justicia y son buscados por agentes de la Fiscalía General del Estado.” (http://www.elnorte.com/aplicacioneslibre/articulo/default.aspx?id=1038210&md5=2d98ebfb3d4fe5056c77aa9db8722d8f&ta=0dfdbac11765226904c16cb9ad1b2efe)

Las conclusiones de la FGE, según ese documento público, se basan exclusivamente en el testimonio del hermano de Juan, quien presuntamente atribuye el crimen al hecho que varios sujetos armados buscaban al yerno de Juan Ontiveros. Al no encontrarlo, se llevaron a éste.

A menos de un día de la publicación del comunicado por diversas organizaciones de derechos humanos (http://cedehm.blogspot.mx/2017/02/inaceptable-nuevo-asesinato-contra.html), de la emisión de acciones urgentes (Red TDT: http://redtdt.org.mx/?p=7884) (Amnistía Internacional: https://www.amnesty.org/es/documents/document/?indexNumber=amr41%2f5610%2f2017&language=en) y de un pronunciamiento de la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), la información difundida por la Fiscalía resulta por demás apresurada, irresponsable e insensible en tanto que ningún funcionario ha compartido estos resultados con la familia y la comunidad de Choréachi.

Más aún, la información prematuramente divulgada no sólo levanta dudas sobre los presuntos autores materiales ya identificados y el móvil del delito sino que es abiertamente contraria a los distintos estándares en materia de investigaciones adecuadas respecto de delitos contra personas defensoras de derechos humanos.

Por ejemplo, en su Segundo Informe sobre la Situación de las Defensoras y Defensores de Derechos Humanos en Las Américas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha reconocido la problemática de la impunidad en las agresiones contra personas defensoras de derechos humanos y, de acuerdo con la jurisprudencia interamericana en la materia, ha urgido a los Estados del continente a garantizar el derecho a un recurso efectivo de conformidad con el debido proceso, lo cual incluye actuar con debida diligencia en diferentes aspectos, dentro de los que se encuentra la realización de “todas las diligencias necesarias para conocer la verdad de lo sucedido y para que se sancione a los eventuales responsables”; la adopción de “las medidas razonables que permitan asegurar el material probatorio necesario para llevar a cabo la investigación”; y, particularmente, “La Comisión considera que como parte de la debida diligencia requerida en investigaciones sobre violaciones a los derechos de un defensor, la autoridad debe tomar en cuenta la actividad de éste para identificar los intereses que podrían haber sido afectados en el ejercicio de la misma y así poder establecer líneas de investigación e hipótesis del delito.” En definitiva, “la obligación de investigar y sancionar todo hecho que implique violación de los derechos protegidos por la Convención requiere que se castigue no sólo a los autores materiales de los hechos violatorios de derechos humanos, sino también a los autores intelectuales de tales hechos.”

Asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha emitido diversos fallos en la materia. En el caso Defensor de Derechos Humanos Vs. Guatemala, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha considerado tres aspectos fundamentales en las investigaciones penales relacionadas con asesinatos de defensores comunitarios: a) la debida diligencia y seriedad en la investigación en las primeras diligencias; b) la debida diligencia en relación con las líneas lógicas de investigación, en la recaudación y práctica de prueba, y plazo razonable (incluyendo el hecho que la víctima “era defensor de derechos humanos, así como las labores y actividades que desempeñaba en el momento de su muerte”); y c) la protección a los operadores de justicia, investigadores, testigos y familiares de las víctimas.

Finalmente, en su informe de cierre de misión publicado el 24 de enero pasado, el relator Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, Michel Forst reiteró su llamado “a las autoridades federales y estatales a asegurarse de que se investiguen debidamente todos los delitos contra los defensores de los derechos de los pueblos de la Sierra Tarahumara.”

La información aportada por la FGE dista de cumplir con los parámetros de organismos y expertos internacionales antes citados. Tampoco da muestras de un cumplimiento cabal con las recomendaciones recientemente emitidas por el Relator Michel Forst, quien también ha resaltado que “La mejor forma de protección que pueden tener los defensores es cuando se hace justicia y los perpetradores son llamados a rendir cuentas.”

Por ello, urgimos a la Fiscalía General:

Primero: A abstenerse de emitir declaraciones públicas relacionadas con investigaciones recién iniciadas y que son apresuradas, sesgadas e insensibles para las familias de las víctimas y las comunidades indígenas afectadas.

Segundo: A reencauzar el expediente fiscal e investigar con debida diligencia, exhaustividad e imparcialidad los asesinatos de Juan Ontiveros Ramos, Isidro Baldenegro López y todos los demás asesinatos de defensoras y defensores de derechos humanos en el estado de Chihuahua.

Tercero: A garantizar seguridad para las familias de las víctimas, así como para las comunidades de Choréachi y Coloradas de la Virgen.



Alejandra Nuño Ruíz-Velasco
Martha Figueroa Mier
Jesús Robles Maloof
José Francisco Ovando Zuñiga

Alianza Sierra Madre, A.C. (ASMAC)
Bowerasa, A.C. Haciendo Camino
Casa del Migrante Saltillo (Frontera con Justicia, A.C.)
Centro de Atención a la Mujer Trabajadora de Chihuahua, A.C. (CAMT)
Centro de Derechos Humanos de las Mujeres, A.C. (CEDEHM)
Centro de Derechos Humanos Paso del Norte, A.C.
Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A.C. (CADHAC)
Consultoría Técnica Comunitaria, A.C. (CONTEC)
Derechos Humanos Integrales en Acción, A.C.
El Barzón Chihuahua
Enjambre Digital
Grupo Promotor de los Derechos Políticos de las Ciudadanas
Mexicanos en el Exilio (MexEnEx)
Mujeres Barzonistas
Observa Ciudadan@, Observatorio para el Acceso a la Información Pública
Propuesta Cívica, A.C.
Red Mesa de Mujeres de Ciudad Juárez, A.C.
Red por la Participación Ciudadana, A.C.
Transforma, A.C.
Uno de Siete Migrando, A.C.


Espacio_ OSC Para la Protección de Personas Defensoras y Periodistas (organizaciones del Espacio_OSC que firman el comunicado): Acción Urgente para Defensores de los Derechos Humanos (ACUDDEH); ARTICLE 19; Asociación Mundial de Radios Comunitarias, México (AMARCMx); Casa de los Derechos de Periodistas A.C.; Casa del Migrante Saltillo; Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA); Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan; Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh); Centro de Derechos Humanos Zeferino Ladrillero (CDHZL); Centro de Investigación y Capacitación Propuesta Cívica A.C. (CIC-PC); Centro Nacional de Comunicación Social (Cencos); Comité Cerezo México; Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH); Comunicación e Información de la Mujer A.C. (CIMAC); Instituto Mexicano Derechos Humanos y Democracia (IMDHD); JASS Asociadas por lo Justo; Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todas y Todos (RedTDT); SMR: Scalabrinianas, Misión con Migrantes y Refugiados; Servicios y Asesoría para la Paz (Serapaz). Acompañado por las Brigadas Internacionales de Paz (PBI).


Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas y Todos” (conformada por 80 organizaciones en 21 estados de la República mexicana): Agenda LGBT (Estado de México); Alianza Sierra Madre, A.C. (Chihuahua); Asistencia Legal por los Derechos Humanos, A.C. (AsiLegal) (Ciudad de México); Asociación Jalisciense de Apoyo a los Grupos Indígenas, A.C. (AJAGI) (Guadalajara, Jal.); Bowerasa, A.C. “Haciendo Camino” (Chihuahua, Chih.); Casa del Migrante Saltillo (Saltillo, Coah.); Católicas por el Derecho a Decidir, A.C. (Ciudad de México); Centro “Fray Julián Garcés” Derechos Humanos y Desarrollo Local, A. C. (Tlaxcala, Tlax.); Centro de Apoyo al Trabajador, A.C. (CAT) (Ciudad de México); Centro de Derechos Humanos “Don Sergio” (Jiutepec, Mor.); Centro de Derechos Humanos “Fray Bartolomé de Las Casas”, A. C. (San Cristóbal de Las Casas, Chis); Centro de Derechos Humanos “Fray Francisco de Vitoria O.P.”, A. C. (Ciudad de México); Centro de Derechos Humanos “Fray Matías de Córdova”, A.C. (Tapachula, Chis.); Centro de Derechos Humanos “Juan Gerardi”, A. C. (Torreón, Coah.); Centro de Derechos Humanos “Miguel Agustín Pro Juárez”, A. C. (Ciudad de México); Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan, A. C. (Tlapa, Gro.); Centro de Derechos Humanos de las Mujeres (Chihuahua); Centro de Derechos Humanos de los Pueblos del Sur de Veracruz “Bety Cariño”, A.C. (Tatahuicapan de Juárez, Ver.); Centro de Derechos Humanos Digna Ochoa, A.C (Tonalá, Chis.); Centro de Derechos Humanos Paso del Norte (Cd. Juárez, Chih.); Centro de Derechos Humanos Toaltepeyolo (Orizaba, Veracruz); Centro de Derechos Humanos Victoria Diez, A.C. (León, Gto.); Centro de Derechos Humanos Zeferino Ladrillero (CDHZL) (Estado de México); Centro de Derechos Indígenas “Flor y Canto”, A. C. (Oaxaca, Oax.); Centro de Derechos Indígenas A. C. (Bachajón, Chis.); Centro de Investigación y Capacitación Propuesta Cívica A. C. (Propuesta Cívica) (Ciudad de México); Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo, A. C. (CEPAD) (Guadalajara, Jal.); Centro de los Derechos del Migrante (Ciudad de México); Centro de Reflexión y Acción Laboral (CEREAL-DF) (Ciudad de México); Centro de Reflexión y Acción Laboral (CEREAL-Guadalajara) (Guadalajara, Jal.); Centro Diocesano para los Derechos Humanos “Fray Juan de Larios”, A.C. (Saltillo, Coah.); Centro Juvenil Generando Dignidad (Comalcalco, Tabasco); Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA) (Ciudad de México); Centro Mujeres (La Paz, BCS.); Centro Regional de Defensa de DDHH José María Morelos y Pavón, A.C. (Chilapa, Gro.); Centro Regional de Derechos Humanos “Bartolomé Carrasco”, A.C. (BARCA) (Oaxaca, Oax.); Ciencia Social Alternativa, A.C. KOOKAY (Mérida, Yuc.); Ciudadanía Lagunera por los Derechos Humanos, A.C. (CILADHAC) (Torreón, Coah.); Colectivo contra la Tortura y la Impunidad (CCTI) (Ciudad de México); Colectivo Educación para la Paz y los Derechos Humanos, A.C. (CEPAZDH) (San Cristóbal de Las Casas, Chis.); Comisión de Derechos Humanos y Laborales del Valle de Tehuacán, A.C. (Tehuacán, Pue.); Comisión de Solidaridad y Defensa de los Derechos Humanos, A.C. (COSYDDHAC) (Chihuahua, Chih.); Comisión Independiente de Derechos Humanos de Morelos, A. C. (CIDHMOR) (Cuernavaca, Mor.); Comisión Regional de Derechos Humanos “Mahatma Gandhi”, A. C. (Tuxtepec, Oax.); Comité Cerezo (Ciudad de México); Comité Cristiano de Solidaridad Monseñor Romero (Ciudad de México); Comité de Defensa de las Libertades Indígenas (Palenque, Chis.); Comité de Defensa Integral de Derechos Humanos Gobixha A.C. (CODIGODH) (Oaxaca, Oax.); Comité de Derechos Humanos “Fr. Pedro Lorenzo de la Nada”, A. C. (Ocosingo, Chis.); Comité de Derechos Humanos “Sierra Norte de Veracruz”, A. C. (Huayacocotla, Ver.); Comité de Derechos Humanos Ajusco (Ciudad de México); Comité de Derechos Humanos de Colima, A. C. (Colima, Col.); Comité de Derechos Humanos de Comalcalco, A. C. (CODEHUCO) (Comalcalco, Tab); Comité de Derechos Humanos de Tabasco, A. C. (CODEHUTAB) (Villahermosa, Tab); Comité de Derechos Humanos y Orientación Miguel Hidalgo, A. C. (Dolores Hidalgo, Gto.); Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos “Hasta Encontrarlos”(Ciudad de México); Comité Sergio Méndez Arceo Pro Derechos Humanos de Tulancingo, Hgo A.C. (Tulancingo, Hgo.); Consultoría Técnica Comunitaria AC (CONTEC) (Chihuahua); El Caracol, A.C (Ciudad de México); Estancia del Migrante González y Martínez, A.C. (Querétaro, Qro.); Frente Cívico Sinaloense. Secretaría de Derechos Humanos (Culiacán, Sin.); Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho (Ciudad de México); Indignación, A. C. Promoción y Defensa de los Derechos Humanos (Mérida, Yuc.); Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuria, S.J. Universidad Iberoamericana- Puebla (Puebla, Pue.); Instituto Guerrerense de Derechos Humanos, A. C. (Chilpancingo, Gro.); Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia (Ciudad de México); Instituto Mexicano para el Desarrollo Comunitario, A. C. (IMDEC) (Guadalajara, Jal.); Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente. Programa Institucional de Derechos Humanos y Paz (Guadalajara, Jal.); Justicia, Derechos Humanos y Género, A.C. (Ciudad de México); La 72, Hogar-Refugio para Personas Migrantes (La 72) (Tenosique, Tabasco); Mujeres Indígenas por la Conservación, Investigación y Aprovechamiento de los Recursos Naturales, A. C. (CIARENA) (Oaxaca); Oficina de Defensoría de los Derechos de la Infancia A.C. (ODI) (Ciudad de México), Programa Universitario de Derechos Humanos. UIA –León (León, Gto.); Promoción de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PRODESCAC) (Estado de México); Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ProDESC) (Ciudad de México); Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (PODER) (Ciudad de México); Respuesta Alternativa, A. C. Servicio de Derechos Humanos y Desarrollo Comunitario (San Luis Potosí); Servicio, Paz y Justicia de Tabasco, A.C. (SERPATAB) (Villahermosa, Tab.); Servicios de Inclusión Integral, A.C. (SEIINAC) (Pachuca, Hgo.); Tequio Jurídico A.C. (Oaxaca, Oax.); Voces Mesoamericanas, Acción con Pueblos Migrantes AC (San Cristobal de las Casas, Chiapas).






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