jueves, 30 de abril de 2015

El derecho de niñas y niños a opinar y ser escuchados/as.

Por: M.C. Érika Mendoza Garcìa

Los y las niñas son importantes, su expresión en cualquiera de las formas, debe ser escuchada y analizada a profundidad con respeto y equidad.

Este tema ha generado controversias jurídicas y sociales que desafortunadamente han repercutido en algunos casos de forma negativa en la formación y desarrollo de niñas y niños, alejándose de la premisa fundamental del interés superior de la infancia, presupuesto jurídico con el que se debe actuar y la resolución en litigios donde se encuentren involucrados derechos de la infancia.  

La Convención Internacional de los Derechos de Niñas y Niños, adoptada por México desde 1990, constituyendo ley suprema a la par de la Constitución Federal, establece enunciativamente los derechos de la niñez, específicamente el artículo 12 fundamenta el derecho de expresión y opinión; el Estado Mexicano está obligado a garantizar que éste derecho se ejerza de forma libre en los procedimientos judiciales o administrativos que les afecten. El ejercicio de sus derechos nunca podrá limitarse o supeditarse al ejercicio de las personas adultas.

En esta tesitura, existe un protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos donde estén involucrados niños, niñas y adolescentes, emitido en 2014 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde se recogen los lineamientos internacionales vinculantes que deben seguirse en los casos donde las y los niños se vean en la necesidad de comparecer a juicio. Las y los operadores de justicia y todas las personas que intervengan en diligencias donde las y los niños expresen su opinión deben tener conocimientos específicos en las materias de su aplicación, pero sobre todo, empatía y capacidad de otorgar un tratamiento diferenciado que respete las características individuales de cada niña o niño con miras siempre a salvaguardar su sano y adecuado desarrollo.

Si bien es cierto, la expresión y opinión de las niñas y niños debe ser valorada y tomada en cuenta, ello no implica que la justicia deba "someterse" a la palabra exacta y hacer precisa e indefectiblemente lo que ellas o ellos pidan. Sí eso fuera así, estaríamos dejando la formación de la infancia en sus propias manos y cometiendo atrocidades en contra de su desarrollo.

Existen tres cuestiones fundamentales que deben valorarse más allá de lo que se expresa; la primera, es la capacidad cognitiva y de madurez presente en todas las etapas de la niñez a través de pensamientos concretos, egocéntricos o intuitivos que les dificulta ubicarse en tiempo o les lleva a pensar que son el centro de todo y que las demás personas no son importantes o bien emitir conclusiones ilógicas que para los adultos no resultan entendibles; la segunda son las emociones, si bien poseen toda la gama de emociones de las personas adultas, les resulta difícil su separación y/o control, por lo que por ejemplo, pueden sentir tristeza e ira al mismo tiempo y confundirlo con amor u odio; y la tercera es la moral, un concepto aprendido y sin duda condicionado a su entorno, a la necesidad de seguridad y aceptación, lo que puede llevarlos a decir como si fuera su opinión lo que creen q alguien en particular desea q digan o emitir prejuicios de lo que les han dicho que está bien o mal, lo que se traduce en opiniones sesgadas por los conceptos de los demás, particularmente de aquellas personas que satisfacen las necesidades apremiantes para su edad, que igual puede ser una necesidad de afecto como la de un celular nuevo.

Evidentemente estas cuestiones tienen un grado de complejidad y subjetividad que dificultan la tarea de las y los juzgadores, pero que no puede ser tomado a la ligera y menos en forma tibia, endeble y sin exhaustividad.

Es una realidad que en materia familiar la justicia y el derecho han encontrado mayor dificultad para valorar opiniones de la infancia, sobre todo en los casos que se encuentra en disputa la patria potestad, guarda y custodia o régimen de convivencias.

La tendencia derecho humanista implica que en casos en disputa, debe buscarse que hijas e hijos tengan un contacto adecuado y sano con mamá y papá, y sólo en casos en que se comprueben daños reales que les ocasione la convivencia entonces podrá limitarse, suspenderse o eliminarse; esa comprobación no puede dejarse a la aislada consideración y opinión de una niña o niño pues como analizamos su palabra difícilmente será libre e informada cuando está en juego su tranquilidad. Su opinión, deberá reforzarse en todos los casos, con material probatorio adecuado que incluya pruebas científicas que sean aplicadas exclusivamente por personas expertas en diferentes materias atendiendo a las cuestiones particulares de cada caso como puede ser la violencia familiar y manipulación infantil, situaciones que requieren aún mayor cuidado y atención. Por lo que las autoridades deben contar con profesionistas especializados que cumplan con perfiles idóneos para el tratamiento de la infancia.

Así pues, las y los niños son importantes, valiosos y deben ser protegidos con esmero de cualquier tribulación que implique riesgo en su desarrollo; todas las decisiones de una o un juez, repercutirán en su vida a corto, mediano y largo plazo.

Escuchar y aprender de la infancia como semillas de vida y futuro, apoyando su crecimiento libre, en armonía, evitando etiquetas, estereotipos y prejuicios; fomentando tolerancia, respeto y dignidad. Niños y niñas felices, esa es la tarea de todas las personas adultas.



miércoles, 29 de abril de 2015

En conmemoración del Día del Niño y la Niña, Mujeres en Lucha entregan cartas a sus hijos e hijas en juzgados familiares


·         Ante la imposibilidad de ver a sus hijos/as o de verles en un ambiente adecuado, tienen que dejarles sus muestras de amor en los juzgados

Para nuestras hijas e hijos: en este día del niño y de la niña, en el que se celebra el reconocimiento de su derecho a tener una familia, a ser queridos y cuidados amorosamente, a vivir en un ambiente de felicidad, amor y comprensión, necesarios para su pleno y adecuado desarrollo.

Chihuahua, Chih., a 29 de abril de 2015.- Ante la imposibilidad que muchas madres tenemos para ver a nuestros hijos personalmente o de convivir adecuadamente con ellos en las visitas supervisadas, el día de hoy entregamos en los juzgados familiares cartas para nuestros hijos e hijas. Si bien todos los días queremos expresarles nuestro cariño, amor y protección, en este 30 de abril reiteramos ese anhelo.

Hoy, por distintas circunstancias ajenas a nuestra voluntad nos encontramos físicamente separados, pero queremos decirles:

Quiero que sepas que yo te amo y mi mejor regalo es ese: Mi gran amor hacia ti. Ahora que no estás a mi lado, te recuerdo a cada momento, siempre estás en mi corazón, le pido a Dios por ti, que te encuentres bien, que entiendas bien tus clases, que tus amigos te quieran y te diviertas con ellos. Espero que puedas comer tus platillos favoritos, y que si no puedo yo cocinar para ti, lo haga alguien con mucho amor. Le pido a Dios que no te vayas a enfermar, que siempre estés fuerte y sano. Cuando duermas, deseo sueñes conmigo para que no me extrañes.
Esta acción la hacemos con la finalidad de hacerles llegar cartas a nuestros hijos/as a través del juzgado que tiene conocimiento de nuestro caso, pidiéndoles que velando todos los derechos y el interés superior de la infancia garanticen que así sea. Asimismo, queremos expresar todo el cariño y amor el cual cada día nos mueve para hacer lo necesario y estén de regreso en nuestra casa.

Quienes entregamos estas cartas nos hemos constituido en Mujeres en lucha, hija / hijo velo por nuestros derechos, porque somos madres unidas por el dolor de haber sido separadas de sus hijos como consecuencia de la perpetración de violencia de nuestras parejas.

Por ello, en este día exigimos a quienes tienen sus manos la responsabilidad de administrar justicia, que recuerden que no somos un número de expediente, que detrás de cada caso a juzgar esta una historia de dolor y dignidad,  que somos mujeres víctimas de violencia que se nos va la vida en exigir justicia y que nuestro hijas e hijos tienen derechos y por ellos y ellas estaremos luchando por el resto de nuestras vidas.

En tal sentido, reiteramos a las autoridades judiciales sus obligaciones para resolver, desde la perspectiva de los derechos humanos establecidos en los tratados de derechos humanos, la Constitución Mexicana y las leyes respectivas, los casos en los que nos encontramos involucradas junto con nuestros hijos.


Mujeres en Lucha: Hij@s lucho por nuestros derechos





martes, 28 de abril de 2015

Lucha Castro y Front Line Defenders presentan libro “La Lucha” en Europa

Lucha Castro, coordinadora del Centro de Derechos Humanos de las Mujeres en Chihuahua, es invitada por la organización internacional Front Line Defenders a una gira por Europa para presentar el libro La Lucha, novela gráfica que relata la difícil tarea de las y los defensores de derechos humanos en el mundo.

Front Line Defenders, es la organización más importante a nivel internacional en la protección a defensoras y defensores de derechos humanos en situación de riesgo, y ha lanzado la primera novela gráfica sobre la defensora Lucha Castro y CEDEHM, en reconocimiento a la valiosa labor que realizan.

La gira se llevará a cabo del 26 al 30 de abril en Bélgica, Irlanda y Reino Unido, donde además tendrá reuniones oficiales con el Relator de Derechos Humanos de la Unión Europea,  el Ministro de la Unidad de Derechos Humanos y América Latina en Irlanda y el Coordinador Legal del Grupo Parlamentario de Derechos Humanos, entre otros. El objetivo de estas reuniones es informar sobre la situación que viven defensores y defensoras de derechos humanos en Chihuahua, la falta de respuesta adecuada en las medidas de protección por parte de las autoridades gubernamentales y solicitar apoyo a la comunidad internacional.

La Lucha,  es publicada por la editorial Verso en librerías de Estados Unidos y del Reino Unido. Actualmente solo está disponible en inglés, se está trabajando la versión en español y en corto tiempo también será publicada para su distribución en México, España y Latinoamérica.

Según Adam Shapiro, co-autor de La Lucha, el libro da evidencia de los riesgos y adversidades que defensores de derechos humanos en todo el mundo tienen que enfrentar para que los derechos de sus comunidades sean una realidad.

La versión digital puede ser descargada desde el sitio web de Front Line Defenders: www.frontlinedefenders.org/la-lucha-donate. Sólo se requiere realizar una pequeña contribución para la organización.

Esta publicación es un respaldo y respiro de solidaridad por parte de Front Line Defenders, que brinda una esperanza y estimulo de saber que aun en las situaciones más desesperadas en defensa de los derechos humanos,  hay quienes con creatividad pueden mostrar el trabajo que se realiza y desde esa perspectiva brindarnos protección.  Además, sirve para que todas las personas puedan entender lo que implica la vida diaria de una defensora de derechos humanos, con los riesgos, desvelos y frustraciones que vivimos con la esperanza de que ello contribuya a la construcción de un mundo mejor.


 Lucha Castro con Stavros Lambrinidis, Relator de Derechos Humanos de la Unión Europea



lunes, 27 de abril de 2015

Organismos de la sociedad civil exhortan a la SCJN fijar criterios sobre género, etnicidad y tortura sexual al resolver el expediente iniciado por los casos de Inés Fernández y Valentina Rosendo.


SCJN continuará este lunes el análisis sobre las sentencias de la
Corte Interamericana de Derechos Humanos en el expediente Varios 1396/2011.

 ONG´s expresan su preocupación ante el aumento de las posiciones regresivas en materia de derechos humanos que se expresan en el Pleno.

  La SCJN debe analizar los casos de Inés y Valentina a la luz del aumento de la tortura sexual en el país.

México, D.F. a 26 de abril de 2014.- Ante la inminente culminación del análisis que realiza la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el cumplimiento de las sentencias dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en los casos de Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, dentro del expediente Varios 1396/2011, los organismos civiles que suscribimos este comunicado llamamos al Máximo Tribunal a establecer criterios efectivos en materia de género, etnicidad y tortura sexual.

Cabe recordar al respecto que la larga búsqueda de justicia de Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú -mujeres indígenas del pueblo Mep’haa que en 2002 sobrevivieron graves violaciones a derechos humanos cometidas por elementos del Ejército Mexicano-, culminó con la emisión de dos sentencias de la Corte IDH en el año 2010. Éstas, imponen al Estado mexicano diversas obligaciones que deben ser acatadas sin cuestionamiento alguno. Justamente, el análisis que a partir del martes 21 de abril comenzó la SCJN, busca profundizar y desarrollar cuáles son los deberes a los que específicamente se encuentra obligado el Poder Judicial de la Federación.

Hasta ahora, el análisis realizado por la SCJN no ha mostrado a un Tribunal Constitucional que busque ampliar genuinamente las garantías de los derechos humanos. Por el contrario, se ha evidenciado que el Máximo Tribunal vive un período de retrocesos, como fue puesto de relieve en tres momentos del debate: el primero, al determinar el Pleno que debía realizarse un improcedente ejercicio de correspondencia normativa entre los derechos de la Constitución y los de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, reiterando la lamentable posición mayoritaria –establecida en la contradicción de tesis 293/2011– sobre la superioridad jerárquica de los primeros por encima de los segundos; un segundo momento, al evitar analizar la compatibilidad de la reciente reforma en materia de fuero militar con el estándar fijado por la Corte IDH en sus sentencias, maximizando así los efectos de su fallo; y, finalmente, resultan de suma preocupación las posiciones que van en contra de lo establecido en el Varios 912/2010, correspondiente al caso Rosendo Radilla, posiciones que, de articularse en una mayoría, podrían poner en riesgo los incipientes avances en la garantía jurisdiccional de los derechos humanos que permitió la reforma constitucional de 2011.

A pesar de lo anterior, la SCJN aún tiene ante sí la oportunidad de ampliar la garantía de los derechos humanos, mediante el análisis que realizará a partir de este lunes 27 de abril, en lo concerniente a las obligaciones que imponen las sentencias en materia de género, etnicidad, tortura sexual y combate a la impunidad. Éstas suponen deberes sustantivos para las autoridades judiciales del país que pueden ser desarrollados con mayor detalle por la SCJN.

Respecto de la impartición de justicia con perspectiva de género, de las sentencias de la Corte IDH se desprenden pautas de actuación muy concretas para las y los juzgadores que dirimen casos donde están en juego los derechos de las mujeres, en aspectos tan concretos como la valoración de la prueba. La resolución que emitirá la SCJN en el Varios 1396 podría fijar más criterios para la actuación del Poder Judicial en este tipo de casos.

En cuanto a la impartición de justicia con perspectiva de género, las sentencias conquistadas por Inés y Valentina indican cómo deben actuar los órganos estatales cuando mujeres indígenas acuden ante ellos buscando justicia. Estas sentencias se refieren a las medidas que deben adoptarse para respetar su identidad cultural, la manera de cómo debe recabarse su declaración inicial y durante el proceso. Al resolver este expediente, la SCJN podría pronunciarse sobre las medidas integrales que deben adoptar las juezas y los jueces para que las mujeres indígenas accedan a la justicia en forma efectiva.

En lo referente a la tortura sexual, las sentencias de la Corte IDH son claras en establecer que la violación sexual cometida por servidores públicos constituye tortura. Hoy en día, como lo ha señalado el Relator de las Naciones Unidas en la materia, la tortura en México es generalizada y afecta de forma diferenciada a las mujeres. Más aún, Inés Fernández y Valentina Rosendo forman parte de la campaña “Rompiendo el Silencio. Todas juntas contra la tortura sexual”, que busca denunciar la práctica de la tortura sexual y visibilizar los casos de mujeres que la han sobrevivido, algunas de ellas hoy todavía en prisión. En este sentido, la resolución del Varios 1396 puede ayudar a que existan parámetros claros de actuación para las y los jueces que conocen casos de esta índole.

Finalmente, en lo que corresponde al combate contra la impunidad, es importante señalar que los casos de Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú se encuentran hoy ante el Poder Judicial de la Federación, pues los procesos correspondientes se ventilan en el juzgado Séptimo de Distrito en Chilpancingo y en el Juzgado Segundo de Distrito en Acapulco. Al resolver el expediente Varios 1396, la SCJN debe especificar las obligaciones que tienen dichos órganos judiciales para asegurar que los casos de ambas mujeres Me´phaa no queden impunes.

Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú han luchado incansablemente por más de trece años para acceder a la justicia, desafiando todas las barreras presentes en el sistema de justicia mexicano que reproducen la triple discriminación en razón de género, identidad étnica y condición socio-económica. En reconocimiento a la dignidad de la lucha de ambas mujeres Me’phaa, hoy le corresponde a la SCJN, aprovechar la discusión del expediente Varios 1396/2011 para fijar criterios de avanzada en materia de género, etnicidad y tortura sexual. La crisis de violaciones a derechos humanos que vive el país exige respuestas contundentes; se necesitan verdaderas garantías de no repetición y voluntad expresa para erradicar la impunidad. Recordamos la petición de Valentina Rosendo Cantú al asistir a la sesión del Pleno el jueves 23 de abril: la SCJN debe contribuir verdaderamente a que las mujeres indígenas tengan mejores condiciones cuando busquen acceder a la justicia. 

Las organizaciones hacemos un llamado respetuoso para que el Alto Tribunal de la Nación escuche las voces de las víctimas y sus representantes y asuma su rol de garante de los derechos humanos avanzando en la jurisprudencia interna con el máximo estándar de protección para las mujeres.
      
    
Asociadas por lo Justo – JASS
Casa del Migrante de Saltillo
Centro de Derechos Humanos de las Mujeres A.C.  (Cedehm)
Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez A.C.
Centro de Derechos Humanos Paso del Norte, A.C.
Centro de Derechos Humanos de la Montaña “Tlachinollan”
Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo, AC (CEPAD)
Centro por la Justicia y el Derecho Internacional
Comisión de Solidaridad y Defensa de los Derechos Humanos A.C. (Cosyddhac)
Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos
Equis Justicia para las Mujeres.
Fundar, Centro de Análisis e Información
Idheas, Litigio Estratégico en Derechos Humanos A.C.
Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia, A.C.
REDIM Red por los derechos de la infancia en México
Red de Organismos Civiles de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todas y Todos A.C.