En juicio oral ante el Tribunal de Justicia Especializada
para Adolescentes llevado a cabo el pasado mes de abril, bajo los delitos de robo
agravado, violación y secuestro exprés; la abogada coadyuvante del CEDEHM,
participó activamente durante el juicio, velando por los derechos de la
víctima, como son preservar su identidad
y privacidad al rendir su testimonio. Durante el juicio ella y sus testigos
declararon en una sala anexa, por tratarse de un delito de secuestro.
La coadyuvancia visibilizó que a pesar del tiempo
transcurrido del suceso, la vida de la víctima jamás sería igual; porque aún cuando la retención fue corta, se
demostró que cuando una mujer es agredida en su libertad sexual y de tránsito,
las consecuencias sociales, físicas y psicológicas dejan huellas imborrables
que trastocan varios ámbitos de su vida. El CEDEHM, reconoce que el juicio se
desarrollo dentro de un ambiente profesional y de respeto entre las partes,
donde se acredito fehacientemente la afectación y repercusiones que la víctima
tuvo en su vida.
En dicho juicio la colaboración del CEDEHM con la
Agente del Ministerio Público adscrita a la Unidad Especializada de Justicia
para Adolescentes Infractores, fue
excelente ya que estuvo abocada a probar los hechos que se imputaban al menor y
en todo momento pedía la colaboración y opinión de la coadyuvancia; colaboración que el Ministerio Público debería
solicitar en todos los casos en el logro de resultados favorables en beneficio
de la víctima.
El juez reconoció que efectivamente el hecho
trastoco su vida diaria, impidiéndole realizar en forma normal sus actividades,
pues la víctima señaló que hasta la fecha vive con miedo, cambio su forma de
ser y de vestir, teniendo el temor de que cualquier otra persona le pudiese
hacer lo mismo. El Juez resolvió que debe proporcionársele a la víctima
atención psicológica a efecto de que su vida vuelva a ser lo que era en la medida
de lo posible de acuerdo a la atención
sugerida por los expertos, consistente en mínimo 50 sesiones de terapia.
A su vez, la autoridad condeno la reparación del
daño moral en los términos solicitados por la cuadyuvancia del CEDEHM, “porque
hubo una alteración profunda en que una persona sufre en sus sentimientos,
afectos, creencias, decoro honor, reputación, vida privada, configuración y
aspectos físicos; o bien en la consideración que de sí misma tienen los demás”.
Otorgando una Sentencia de 7 años 9 meses, por
encontrar al menor penalmente responsable de los delitos, informando a este que
aun y cuando en su declaración mencionó que “la víctima le había propuesto
tener relaciones sexuales”, todas las pruebas demostraban lo contrario y que el
dicho de la víctima en los delitos sexuales era preponderante, tal como
solicito la abogada del CEDEHM.
Es importante señalar que la Juez especializada en
Justicia para Adolescentes Infractores en ningún momento limitó la participación
de la coadyuvancia y dio el fallo condenatorio
fundamentado en la Convención Interamericana para Prevenir Sancionar y
Erradicar la Violencia Contra la Mujer, “Belem Do Pará”, en la Sentencia del
“Campo Algodonero”, así como en la Ley Estatal del Derecho de las Mujeres a un
Vida Libre de Violencia, a solicitud de la coadyuvancia.
Es preocupante que este tipo de delitos hayan sido
cometidos por un adolescente, pues refleja la ausencia de políticas públicas integrales
destinadas a la atención de jóvenes. Es obligatorio que el Estado revise los
programas de internamiento para menores infractores, con la finalidad de que al
cumplir la sanción penal impuesta pueda garantizar que el joven asuma de nueva
cuenta una función responsable y constructiva en la sociedad, señalo el área
jurídica del CEDEHM.
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