martes, 10 de junio de 2014

SE CUMPLEN 20 AÑOS DE LA HISTÓRICA ADOPCIÓN DE LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS

La dramática historia en la región no ha sido proporcional a la respuesta de los Estados, que mantienen importantes deudas con las desapariciones cometidas en el pasado y en el presente
9 de junio de 2014. El día de hoy, hace veinte años, los Estados del continente tomaron una decisión sin precedentes en la historia de los derechos humanos en el mundo, al adoptar la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas (CIDFP o Convención).
En su preámbulo, la Convención reconoce “que la desaparición forzada de personas constituye una afrenta a la conciencia del Hemisferio y una grave ofensa de naturaleza odiosa a la dignidad intrínseca de la persona humana”. Por ello, los Estados se comprometieron a adoptar una serie de medidas para erradicar dicha práctica.
En efecto, la Convención ha sido fundamental para desarrollar el contenido de las obligaciones de los Estados en relación con la prevención, investigación y sanción de las desapariciones.
La Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos también han cumplido un rol fundamental en la interpretación de la CIDFP.  La CIDH reconoció desde sus primeros casos el derecho a la verdad de los familiares de personas desaparecidas, así como la importancia de tener en cuenta las circunstancias de una desaparición al valorar la prueba de un caso. Por su parte, la Corte ha sido constante al referirse al carácter continuado,  permanente y autónomo de la figura de la desaparición forzada de personas. Asimismo, ha señalado que ésta constituye una violación múltiple de varios derechos protegidos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos que coloca a la víctima en un estado de completa indefensión. Para este órgano interamericano, la desaparición forzada implica un craso abandono de los principios esenciales en que se fundamenta el Sistema Interamericano, y su prohibición ha alcanzado carácter de jus cogens. Ambos órganos de protección han desarrollado reparaciones específicas para casos de desaparición forzada, como por ejemplo ordenar acciones e investigaciones orientadas a dar con el paradero de las personas desaparecidas.
Ahora bien, al conmemorarse los 20 años de la firma de la Convención, las organizaciones firmantes consideramos que todavía subsisten importantes retos para cumplir con el objetivo previsto.
En primer lugar, hacemos un llamado a la universalización de la Convención. Hasta la fecha de los 35 Estados miembros de la OEA, sólo 15 países la han ratificado, siendo éstos Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Panamá, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela.
De manera adicional, muchos Estados no han adoptado todavía legislación específica para combatir e investigar delitos de desaparición forzada. Por un lado, sigue siendo un pendiente en muchos países la tipificación del delito de desaparición forzada, a pesar incluso de haber sido ordenado por la Corte Interamericana en sentencias contra esos Estados. Es el caso, por ejemplo de Perú, Brasil y República Dominicana. A la vez, muchos de los que han tipificado deben todavía adaptar dicha legislación a estándares internacionales en materia de atenuantes, agravantes, temas de obediencia debida y juzgamiento en el fuero ordinario. Asimismo, es necesario el establecimiento de la imprescriptibilidad del delito y la aprobación de legislación civil que facilite la declaración de ausencia de personas desaparecidas. También urge que los Estados cuenten con registros de detenciones adecuados que permitan prevenir dicha práctica.
Otro reto impostergable es el cumplimiento pleno de las decisiones del Sistema Interamericano en casos sobre desapariciones de personas, especialmente en cuanto a las medidas estructurales, como el acceso pleno y oportuno a archivos militares o policiales; la reivindicación de la memoria de las víctimas y sus familiares; la adopción de bancos genéticos apropiados; el reconocimiento –y no negación– de la comisión de graves violaciones de derechos humanos cometidas en dictaduras y en democracias; la realización del derecho a la verdad; la protección efectiva de familiares, defensores y defensoras de derechos humanos y otros sujetos procesales involucrados en la búsqueda de las personas desaparecidas; la debida diligencia en la investigación de los hechos y justicia a los responsables, entre otros desafíos que vive la región.
Por lo anterior, en este vigésimo aniversario solicitamos a los Estados redoblar sus esfuerzos a fin de saldar las deudas pendientes para combatir y erradicar la desaparición forzada. Adicionalmente pedimos a los órganos del Sistema Interamericano mantenerse atentos para lograr la mayor protección posible ante esta práctica que todavía subsiste en algunos países del continente. Así por ejemplo, según el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias de Naciones Unidas, en Colombia este flagelo continúa siendo una práctica persistente. Asimismo, dicho órgano de supervisión denunció que en México se han dado casos de desapariciones forzadas llevadas a cabo por autoridades públicas o por grupos criminales o particulares actuando con el apoyo directo o indirecto de algunos funcionarios públicos.
Finalmente, en este día rendimos tributo muy especialmente a los millares de personas desaparecidas en el continente y a la valentía, fuerza y coraje de sus familiares, que siguen inspirando el espíritu de esta Convención y exigiendo verdad, justicia y reparación para sus seres queridos. Ellos y ellas nos inspiran en nuestro compromiso de lograr un continente que erradique el fenómeno de la desaparición forzada.

Organizaciones firmantes:
Costa Rica
Defensa de Niñas y Niños- Internacional (DNI)
Centro Internacional para los Derechos Humanos de los Migrantes (CIDEHUM)

Guatemala
La Convergencia por los Derechos Humanos, conformada por:
·        Asociación El Refugio de la Niñez
·        Asociación Seguridad en Democracia (SEDEM)
·        Centro de Acción Legal Ambiental Social de Guatemala (CALAS)
·        Centro de Análisis Forense y Ciencias Aplicadas (CAFCA)
·        Centro Internacional para Investigaciones en Derechos Humanos (CIIDH)
·        Equipo de Estudios Comunitarios y Acción Psicosocial (ECAP)
·        Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala (ICCPG)
·        Unidad de Protección a Defensoras y Defensores de derechos humanos - Guatemala (UDEFEGUA)
·        Unión Nacional de Mujeres Guatemaltecas (UNAMG)
·        Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH)
·        Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala (ODHAG)  
Fundación Myrna Mack
Bufete Jurídico de Derechos Humanos

Honduras
Asociación Comité por la Libre Expresión (C-Libre)
Movimiento de Mujeres por la paz Visitación Padilla
Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación / Radio Progreso (ERIC-Radio Progreso)
Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos en Honduras (COFADEH)
JASS, Asociadas por lo Justo.
Centro de Investigación y Promoción de los Derechos Humanos (CIPRODEH)
Centro de Prevención Tratamiento y Rehabilitación de Victimas de la Tortura (CPTRT)
Colectiva de Mujeres Hondureñas (CODEMUH)
Asociación Para Una Vida de Personas Infectadas-Afectadas por el VIH -Sida en Honduras (APUVIMEH)
Casa Renacer
Red Nacional de Defensoras de Derechos Humanos en Honduras
Casa Alianza Honduras

México
El Centro de Derechos Humanos de la Montaña "Tlachinollan"
Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A.C. (CADHAC)
Centro de Derechos Humanos de las Mujeres, Chihuahua (CEDEHM),
Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh)
Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas, AC
Grupo de Mujeres de San Cristobal Las Casas, AC
Asistencia Legal por los Derechos Humanos  (ASILEGAL)
Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Víctimas de Violaciones a los Derechos Humanos en México (AFADEM – FEDEFAM)
Centro de Derechos Humanos Paso del Norte (CDHPN)
La Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho A.C. (FJEDD)
Centro de Derechos Humanos Fray Juan de Larios, AC
Hijos por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio (H.I.J.O.S. México)
Justicia Para Nuestras Hijas (JPNH)
La Comisión de Solidaridad y Defensa de los Derechos Humanos A. C. (COSYDDHAC)
Abogadas y Abogados para la Justicia y los Derechos Humanos

El Salvador
Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD)

Panamá
Alianza Ciudadana Pro Justicia
Centro de Asistencia Legal Popular de Panamá (CEALP)

Nicaragua
Asociación Nicaraguense Trans Diversidad Sexual
Centro de Información y Servicios de Asesoría en Salud (CISAS)
Centro Nicaraguense de Derechos Humanos (CENIDH)
Iniciativa desde la Diversidad Sexual por los Derechos Humanos (IDSDH)
Servicios Integrales para la Mujer  (SI Mujer)

Bolivia
La Oficina Jurídica Para la Mujer de Cochabamba
CLADEM Bolivia

Paraguay
Ágora Espacio Civil

Perú
Instituto Internacional de Derecho y Sociedad  (IIDS)
Asociación Pro Derechos Humanos  (APRODEH)
Paz y Esperanza

Venezuela
Vicaria de DD.HH de Caracas

Brasil
Associação Juízes para a Democracia (AJD)

Ecuador
Centro de Documentación en Derechos Humanos “Segundo Montes Mozo S.J.” (CSMM)

Organizaciones Regionales
Plataforma Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo (PIDHDD Regional)
Global Rights
El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)

Personas que firman a título personal
Ana Lucrecia y María Eugenia Molina Theissen
Gabriela Rodríguez Pizarro (Ex Relatora Especial de la Organización de las Naciones Unidas para los derechos humanos de los trabajadores migrantes  y sus familias).

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