jueves, 17 de julio de 2014

Tribunal condena por pederastia a Pastor


 El Centro de Derechos Humanos de las Mujeres (CEDEHM) logra condena contra el Pastor José Manuel Herrera Lerma por pederastia.

Primera condena nacional en el sistema penal acusatorio.

S y E, junto con otras mujeres y niñas, fueron instruidas en la sumisión, obediencia y castigo; utilizando como medio de manipulación la tergiversación de textos bíblicos del Cristianismo, por José Manuel Herrera Lerma, que representaba su figura paterna, además de ser líder espiritual de una secta denominada Sendero de Luz, de la Asamblea Apostólica de la Fe en Cristo Jesús, ubicada en ciudad Delicias, Chihuahua.  

Después de su primera menstruación a los 11 años de edad en 2001 y 2002, las hermanas S y E fueron violadas sistemáticamente, con excepción de su semana de periodo y de los domingos, por el Sr. Herrera Lerma. Con este perverso rito de iniciación, las hermanas se suman a una larga lista de niñas víctimas de repetido abuso sexual.

En 2011, S acudió al CEDEHM en busca de apoyo, donde fue acogida de inmediato, al observar su frágil estado emocional se otorgó apoyo terapéutico por casi un año, con especialistas en la materia para ella y su familia. S acudió nuevamente al CEDEHM, acompañada por su hermana E, quienes habiendo vivido la misma historia, decidieron juntas denunciar.

Este es el inicio de una historia de persistencia, coraje y exigencia de justicia en un caso de pederastia.

Las abogadas, el equipo de acompañamiento psicosocial y demás áreas del CEDEHM, se enfrentaron a un nuevo reto por la posible prescripción de hechos y a que las víctimas eran mayores de edad cuando decidieron denunciar lo que les ocurría desde su infancia; así pues, realizaron una cuidadosa estrategia psicojurídica que incluyó la protección de S y E, la denuncia de hechos que abarcara la totalidad de las perversiones sufridas y el litigio estratégico con perspectiva de género y derechos humanos, fundamentando sus actuaciones en tratados internacionales y leyes específicas de protección a los derechos humanos particularmente de las mujeres y niñas.

Posteriormente en febrero de 2012, se aprehendió al Sr. Herrera Lerma y se decretó la prisión preventiva. Dado que los hechos ocurrieron reiteradamente entre 2001 y 2010, fue necesaria la división de causas penales en el sistema penal tradicional (que aún continúa) y únicamente por lo que toca de julio de 2008 a 2010 en el sistema acusatorio adversarial.


En lo correspondiente al sistema oral, el Ministerio Público presentó la acusación formal por considerar que se acreditaba el delito de violación, agravado por el uso de la violencia moral y el vínculo de confianza. Las acusadoras coadyuvantes del CEDEHM ampliaron tal acusación como violación agravada por la manipulación religiosa ligada al fanatismo como causas que impedían a las jóvenes resistir los múltiples actos de violencia sexual mismos que se prolongaron hasta la mayoría de edad.

Luego de múltiples estrategias de defensa jurídica por el abogado particular del pastor, dio inicio el juicio oral 99/13, el día 17 de junio del año en curso, ante el Tribunal presidido por el Juez Héctor Javier Talamantes Abe, el redactor Juez Mario Alberto de la Rosa Fierro y el tercer integrante Juez Ramón Gerardo Holguín Licón. 

Durante el desarrollo del juicio, las abogadas del CEDEHM ofrecieron pruebas contundentes y únicas como la primer pericial socio antropológica llevado a juicio oral a cargo de un grupo de expertas lideradas por la socióloga Rosa María Castañeda Castillo, con el objetivo general de evidenciar la extrema violencia de género que sufrieron las denunciantes en un contexto religioso cultural rígido y malversado con técnicas de teatralidad, supuesta sanción y el uso de lenguas para impresionar a las y los adeptos de la Secta. Así también la primera pericial psicosocial en el sistema acusatorio, llevada a cabo por las y el psicólogo chihuahuenses Socorro López Campos, Rossina Uranga Barrí y Alberto Rodríguez Cervantes, con la finalidad de abordar las causas y efectos de los hechos en el ámbito comunitario, familiar y personal de las víctimas, trascendental para la reparación del daño.

Jornadas extenuantes en que las partes en el juicio escucharon de viva voz el relato de S y E, e interrogaron a su madre, tías, la médica legista y la experta en criminalista, terapeutas, entre otras, así como la exhibición de evidencia fotográfica y documentales diversas.

La defensa del Sr. Herrera Lerma, intentó acreditar su estrategia consistente en la supuesta falsedad de los hechos por la imposibilidad física por una supuesta disfunción eréctil del pastor para haber abusado de las denunciantes y la improbabilidad de que S y E estuvieran en el lugar cuando ocurrían las violaciones sexuales, presentando periciales médicas, testimoniales de expertos en medicina, la testimonial de la esposa del pastor, así como prueba documental del expediente clínico del acusado, entre otras; probanzas que lejos de apoyar la teoría de descargo vinieron a corroborar y afianzar lo dicho por las víctimas.

El pasado lunes 14 de julio de 2014, los jueces dictaron el veredicto condentaorio, por haberse probado la hipótesis ampliada por la coadyuvancia, encabezada por las licenciadas Erika Mendoza e Irma Villanueva, acreditando sin duda la comisión de violación agravada a dos mujeres que no pudieron resistir los eventos por cuestiones íntimamente relacionadas con la religión, la mistificación y el miedo a un castigo divino como perder la salvación o ser portadoras de males para ellas y sus familias. 

El tribunal citó a las partes para que el día de mañana viernes 18 de julio, a las 10:00 horas, se lleve a cabo la audiencia de individualización de sanciones y así en las siguientes horas dictar la sentencia respectiva.

En razón de lo anterior el CEDEHM menciona que nos encontramos en presencia de un caso emblemático, donde se juzgaron las deleznables e injustificables conductas desplegadas por José Manuel Herrera Lerma, un hombre que se hace llamar a sí mismo “mensajero de Dios”, contra dos mujeres en particular.

Este resultado trasciende a todas las esferas de la sociedad mundial, después de la condena internacional a la pederastia, relacionando el informe con recomendaciones a la Santa Sede por el Comité de los Derechos del niño de Naciones Unidas, las comparecencias de la Santa Sede ante el Comité contra la tortura; la Homilía del Papa Francisco pidiendo perdón a las víctimas y sus familias por la comisión de los delitos y la omisión de la iglesia para actuar; que si bien proviene de la Iglesia Católica con más adeptos en el mundo y en el caso del Pastor es el Cristianismo, en ambas situaciones son actos cometidos por líderes espirituales.

No se trata de un caso aislado pero sí trasciende el hecho de ser de los pocos que se denuncian y ser, hasta donde tenemos información, el primer caso de esta naturaleza que es sometido a juicio en el país y condenado, concretó Érika Mendoza.

El veredicto emitido por el tribunal ha formado parte de la historia y abre las puertas para la reivindicación de millones de mujeres, niñas, niños, y en general de personas que conforman grupos en situación de vulnerabilidad que han sido engañadas, manipuladas, mutiladas, discriminadas, lastimadas, ultrajadas, violentadas, violadas, cercenadas, asesinadas y todo ello en nombre de supuestos dioses o diversos seres superiores puros y amorosos. 

Con esto se demuestra como el fanatismo religioso se convirtió para José Manuel Herrera Lerma en una herramienta delictiva para violar a las víctimas de manera consuetudinaria, atroz, temerosa y perversa. Entendido el fanatismo para el caso que nos ocupa como las acciones desmedidas de personas que defienden con tenacidad sus creencias y opiniones como únicas, llevándoles a comportarse de manera irracional y por ende inentendible en muchas ocasiones. El fanatismo es comúnmente dirigido por personas líderes, conscientes, inteligentes, deliberadas, malvadas que aprovechan el estado catatónico de sus víctimas para cometer sobre ellas delitos graves.

Sin duda alguna, cuando existe voluntad, debida diligencia, profesionalismo y sensibilización, las instituciones encargadas de la procuración e impartición de justicia pueden cumplir con su cometido. Estaremos a la espera de la sentencia que emita el tribunal en el que no sólo explicite el tiempo de prisión que tendrá que purgar el Sr. Herrera Lerma sino las reparaciones individuales, familiares y comunitarias que se han solicitado en este caso, mencionó la abogada Erika Mendoza.

Finalmente, en esta fecha, el CEDEHM reconoce la valentía y fortaleza de S, E y su familia. Sin ellas, este importante caso no habría llegado a los tribunales y el Sr. Herrera Lerma seguiría dañando gravemente a niñas. Por casos como el de estas dos mujeres -ejemplos de esperanza y dignidad- el CEDEHM continúa su trabajo de litigio estratégico, denuncia, acompañamiento psicosocial y educación a mujeres víctimas de violencias de género.




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