Chihuahua, Chih., 3 de Julio de 2015
DIP. FERNANDO
MARIANO REYES RAMÍREZ
Presidente de la
Comisión Permanente del
Congreso del
Estado
P r e s e n t e
Ref.: Solicitud para tomar en cuenta propuestas para reforma
político-electoral
El pasado 17 de octubre del año próximo pasado el
Grupo Promotor de los Derechos Políticos de las Ciudadanas enviamos carta al
entonces presidente del Congreso Dip. Rodrigo de la Rosa Ramírez, en virtud de
que teníamos conocimiento de que se había instalado en el Congreso la mesa
técnica para revisar la reforma política-electoral, por lo que le solicitamos
la incorporación de cinco mujeres del Movimiento Estatal de Mujeres en
Chihuahua, a efecto de tomar en consideración las observaciones y/o propuestas
que en su caso pudieran surgir del análisis de la Constitución del Estado y de
la Ley Electoral.
En sesión del Consejo Consultivo, del Consejo
Consultivo de los Centros de Justicia para las Mujeres y del Consejo para
Garantizar el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del
Instituto Chihuahuense de la Mujer, celebrada el 19 de junio del presente, y presidida por el Lic. Mario Trevizo
Salazar, Presidente del Consejo Consultivo de los Centros de Justicia para las
Mujeres y Secretario General de Gobierno, manifestamos nuestra inquietud de que
la reforma política del estado en materia
Constitucional y Electoral fuera aprobada el 30 de junio del presente
año y no fuera armonizada con la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y con la Ley General de Partidos, a lo que respondió que no se
contaba con la iniciativa por lo que no saldría antes de junio; el Lic. Mario
Trevizo mantuvo su postura, a pesar de que le señalamos que ya en otras
ocasiones lo habían hecho como fue el caso de la reforma aprobada por la LXII
Legislatura del Congreso a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública en la última sesión ordinaria del año 2010 y que afortunadamente no fue
publicada por el Ejecutivo.
Como es de su conocimiento, el pasado martes fue
aprobada la reforma a la Constitución Política del Estado, con los temas
principales de las candidaturas independientes, el porcentaje de votación
estatal válida para tener acceso al financiamiento público estatal, la
asignación de hasta tres diputados/as plurinominales adicionales, aumento de
Magistrados/as del Tribunal Estatal Electoral entre otros y lamentablemente
dejaron fuera temas primordiales para los derechos de las mujeres como es la
paridad horizontal, el financiamiento para la capacitación, promoción y
desarrollo del liderazgo político de las mujeres y el relativo para el impulso
de los diversos mecanismos con perspectiva de género entre otros.
Debido a la ausencia de inclusión del tema, la Junta
de Coordinación Política emitió acuerdo para incorporar la paridad de género de
manera horizontal en la reforma a la Ley Electoral del Estado, lo cual es
importante pero aún más trascendente los temas mencionados en el párrafo anterior,
así como la paridad de género de manera horizontal queden incorporados en la
Constitución del Estado, además la corrección del artículo 40 de la Constitución
local ya que cuando incorporamos la paridad en la asignación de diputados
electos por el principio de representación proporcional, quedó plasmado que la lista no podrá contener
entre propietarios y suplentes más
del 50% de candidatos de un mismo género.
Finalmente, queremos recordarle que, de acuerdo con
el artículo 1º. De la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
“todas las autoridades en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación
de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de
conformidad con los principios de universalidad, interdependencia,
indivisibilidad y progresividad.” Ello implica que, de acuerdo con diversos
tratados de derechos humanos (especialmente la Convención sobre la Eliminación
de la Discriminación contra la Mujer, CEDAW), las personas que integran el
Congreso del Estado (en su calidad de funcionarios públicos) deben garantizar
la adecuada consulta y participación efectiva de las mujeres en la discusión de
legislación y la adopción de políticas públicas, como lo prevé el articulo 7 de
esa Convención.[1]
Ello, con el fin de que sea alcanzada la igualdad sustantiva de las mujeres en
nuestros ordenamientos local, nacional e internacional.
Por todo lo anterior, reiteramos la solicitud que
nuestras propuestas sean tomadas en cuenta y, así mismo, estamos en disposición
de comentar y argumentar nuestro planteamiento. Por último solicitamos nos
informen cuándo se discutirá la reforma a la Ley Electoral para hacerles llegar
nuestras propuestas.
ATENTAMENTE,
Abogadas Demócratas
Centro de Atención a la Mujer Trabajadora, A.C.
(CAMT)
Centro de Derechos Humanos de las Mujeres, A.C.
(CEDEHM)
Círculo de Estudios de Género, A.C. (CEG)
Ecos de Mirabal
Justicia para Nuestras Hijas, A.C.
Fátima, I.B.P.
Grupo Feminista 8 de marzo
Grupo Promotor de los Derechos Políticos de las
Ciudadanas
Kakum Colectiva
Mujeres Barzonistas
Mujeres por México en Chihuahua, A.C.
Red por la Participación Ciudadana, A.C.
Observa Ciudadan@ Observatorio para el Acceso a la
Información Pública
Organización para la Defensa del Patrimonio Familiar
y los Derechos Humanos, A. C. (UCD Chihuahua)
Contacto:
BLANCA GÁMEZ
GUTIÉRREZ
Celular
614.142.0680
ccp Dip.
César Augusto Pacheco Hernández,
Presidente de la Junta de Coordinación Parlamentaria hasta el 30/06/15
Lic.
Mario Trevizo Salazar, Secretario
General de Gobierno
Dip. Rodrigo de la Rosa Ramírez, Coordinador del Grupo
Parlamentario del PRI
Dip. César Gustavo Jáuregui Moreno, Coordinador del Grupo
Parlamentario del PAN
Dip. Gustavo Martínez Aguirre, Coordinador del Grupo Parlamentario
del PNA
Dip. Claudia Lucía Carrillo Trevizo, Coordinadora del Grupo
Parlamentario del PVEM
Dip. América Victoria Aguilar Gil, Coordinadora del Grupo
Parlamentario del PT
Dip. Hortensia Aragón Castillo, Coordinadora del Grupo
Parlamentario del PRD e integrante de la Comisión de Igualdad, Género y Familia
Lic. Emma Saldaña Loera, Presidenta del Instituto Chihuahuense de
la Mujer
Dip. Ana Lilia Gómez Licón, Integrante
de la Comisión de Igualdad, Género y Familia
Dip. Tania Teporaca Romero del Hierro,
Integrante de la Comisión de Igualdad, Género y Familia
Dip. Ma. Elvira González Anchondo,
Integrante de la Comisión de Igualdad, Género y Familia
Dip. Laura Enriqueta Domínguez Esquivel
Dip. Gloria Porras
Valles
Dip. Mayra Guadalupe
Chávez Jiménez
Dip. Águeda Torres
Varela
Dip. Ma. Eugenia Campos
Galván
Dip. Daniela Soraya
Álvarez Hernández
[1] Tal disposición señala lo siguiente;
Artículo 7. Los
Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para eliminar la
discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país y, en
particular, garantizarán a las mujeres, en igualdad de condiciones con los
hombres, el derecho a:
a) Votar en todas las
elecciones y referéndums públicos y ser elegibles para todos los organismos
cuyos miembros sean objeto de elecciones públicas;
b) Participar en la
formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas, y
ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en todos los
planos gubernamentales;
c) Participar
en organizaciones y en asociaciones no gubernamentales que se ocupen de la vida
pública y política del país.
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