Chihuahua, Chih., a 24 de marzo de 2014
La sentencia que finalizó el juicio de amparo indirecto
núm. 1574/2012 —dictada el 9 de enero de este año por Ignacio Cuenca Zamora,
Juez Octavo de Distrito del Decimoséptimo Circuito— indudablemente ha
constituido un hito en nuestra historia democrática nacional. Se ha demostrado
que nadie está por encima de la Constitución, y que la ciudadanía tiene medios
para contrarrestar las arbitrariedades.
Queremos que el Instituto Chihuahuense para la
Transparencia y Acceso a la Información Pública funcione a su máxima capacidad,
y que lo haga con excelencia: para que esto sea una realidad, se necesita que
los/as consejeros/as sean expertos/as, que obren con independencia; que no sean
designados/as por factores ajenos al mérito. Pedimos que las designaciones en
puestos públicos atiendan a los perfiles adecuados y capacidad de las personas.
El Ichitaip es un Órgano Constitucional Autónomo, creado
específicamente para garantizar el derecho de acceso a la información pública y
la protección de datos personales, para fomentar que la ciudadanía esté
informada de los asuntos públicos.
Lamentamos que diversos criterios emitidos por el Consejo
General del ICHITAIP no se apeguen a lo establecido por las Constituciones
Federal, Local y la Ley de la materia estatal. Lo cual es resultado de que las
personas designadas no cuentan con el perfil adecuado, como consecuencia de
irregularidades derivadas en la designación de dichos/as Consejeros/as, tal y
como ha quedado demostrado en el caso del proceso realizado en noviembre de
2012, lo que se encuentra documentado en el referido amparo indirecto núm. 1574/2012.
Con base en lo anterior, exhortamos al Congreso del
Estado en cumplimiento a la sentencia del aludido amparo tome como base la
valoración y acreditación del mérito e idoneidad de las personas candidatas,
utilizando herramientas técnicas, objetivas y transparentes para ello, entre
las que se encuentran, la de considerar los resultados del examen de
conocimientos, así como la de evaluar las aptitudes y habilidades determinadas
que se desprendan de las entrevistas realizadas, a efecto de que se lleve a
cabo la ponderación de las cualidades de cada candidato/a con las exigencias
del cargo.
Es de primordial relevancia en acato a la sentencia en
mención, se transparente a través del voto razonado de cada uno/a de sus
Diputados/a, donde se expongan las razones, motivos o circunstancias por las
que considera que las personas elegidas serán las más aptas para ocupar el
cargo en el Consejo General.
Rechazamos además que se pretenda descalificar al
activismo cívico a través del denuesto personal o del abuso del poder para
pretender fabricar expedientes. Para cualquier observador está claro que el C.
Rodolfo Leyva Martínez, quien cumplió con todo requisito y además su examen de
conocimiento le dio el primer lugar, simplemente no desistirá hasta que la constitucionalidad
impere. Por ello hacemos el llamado a las y los diputados para que hagan lo
justo, y eviten otra crisis institucional al simular un cumplimiento de la
sentencia.
- Observa Ciudadan@, Observatorio para el Acceso a la
información Pública
- Centro de Derechos Humanos de las Mujeres, A.C.
- Círculo de Estudios de Género, A.C.
- El Barzón Chihuahua
- Grupo Promotor de los Derechos Políticos de las Ciudadanas GPDPC
- Mujeres por México en Chihuahua, A.C.
- Justicia para Nuestras Hijas A.C.
- Plan Estratégico de Juárez A.C.
- Red Mesa de Mujeres de Cd Juárez A.C.
- Red por la Participación Ciudadana A.C
Contacto. 614 115 3183
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