Debido a la hostilidad pública realizada en diferentes medios de comunicación por parte de las autoridades de la Procuraduría de Asistencia Jurídica y Social del DIF, con
aversión y subjetividad sexista y
estereotipada en contra de Clara Armendáriz y su padre, el Centro de
Derechos Humanos de las Mujeres (CEDEHM) solicitó
a la Juez Quinto de lo Familiar que dicha institución se abstenga de emitir comentarios discriminatorios.
Las abogadas del CEDEHM fundamentaron su solicitud
invocando el artículo primero constitucional y
los Tratados Internacionales que el estado mexicano ha firmado, haciendo énfasis en el artículo 5to. De la Convención para eliminar todas las formas de discriminación contra las mujeres, conocida como CEDAW, el cual señala:
“Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para:
a) Modificar los patrones
socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la
eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la
inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones
estereotipadas de hombres y mujeres"
Así mismo recordaron al tribunal
la obligación de respetar la Convención de los Derechos del Niño,
específicamente lo que considera el
artículo 2 apartado 2 de dicha
convención, que establece:
“Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar que el niño se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición, las actividades, las opiniones expresadas o las
creencias de sus padres, o sus tutores o de sus familiares”.
En razón de lo anterior la Juez Quinto
de lo Familiar, Marisela Rivas Hidalgo, señaló a la Procuraduría Jurídica y Social del DIF “se abstenga de hacer
pronunciamientos públicos discriminatorios que pudieran ir en contra de la integridad de la menor, ya que ello ocasionaría su estigmatización que pudiera generar estragos
en su persona”
Es importante señalar que la autoridad tiene
prohibición expresa en la ley para
emitir opiniones y más en casos en proceso, como es
el de Clara y su hija, apuntaron las abogadas del CEDEHM.
Esta resolución hace evidente la falta de sensibilidad y
conocimiento suficiente de la titular
de Procuraduría de Asistencia Jurídica y Social del DIF en
relación de los derechos de las niñas y niños y, sugiere la necesidad de la revisión de su perfil.
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