Por: Dora Villalobos
La senadora Angélica de la Peña Gómez presentó este miércoles un punto de acuerdo en la Comisión Permanente del Congreso de la Unión donde exhorta al Gobierno del Estado de Chihuahua para que gire instrucciones a las instituciones y dependencias involucradas a garantizar el cumplimiento del interés superior de la niñez en el caso de la hija de Clara Armendáriz Gutiérrez.
La senadora Angélica de la Peña Gómez presentó este miércoles un punto de acuerdo en la Comisión Permanente del Congreso de la Unión donde exhorta al Gobierno del Estado de Chihuahua para que gire instrucciones a las instituciones y dependencias involucradas a garantizar el cumplimiento del interés superior de la niñez en el caso de la hija de Clara Armendáriz Gutiérrez.
El punto de acuerdo fue admitido y enviado a
comisiones para su revisión y resolución.
La senadora perredista especifica que entre los derechos que se le deben de garantizar a la hija de Clara,
conforme a la Convención de los Derechos de la Niñez, se encuentra el de
permanecer con su madre y su familia.
La legisladora transcribe los lineamientos que marca la Corte
Interamericana de Derechos Humanos sobre los derechos de la niñez:
“El disfrute mutuo de la convivencia entre madres, padres con sus
hijas o hijos constituye un elemento
fundamental en la vida de familia. En este sentido, la niña o niño debe
permanecer en su núcleo familiar, salvo que existan razones determinantes, en
función del interés superior, para optar por separarle de su familia. En todo
caso, la separación debe ser excepcional y preferentemente temporal.
Toda decisión estatal, social o familiar que involucre alguna limitación
al ejercicio de cualquier derecho de un niño o niña, debe tomar en cuenta el
interés superior de la niñez y ajustarse
rigurosamente a las disposiciones que rigen esta materia, señala la legisladora
en los argumentos que presenta en el punto de acuerdo.
La determinación del interés superior de la niñez, en casos de cuidado y
custodia de personas menores de edad se debe hacer a partir de la evaluación de
los comportamientos parentales específicos y su impacto negativo en el
bienestar y desarrollo de la niña o niño según el caso, los daños o riesgos
reales, probados y no especulativos o imaginarios, en el bienestar de la niña o
niño.
Por tanto, no pueden ser
admisibles las especulaciones, presunciones, estereotipos o
consideraciones generalizadas sobre características personales de las madres y
padres o preferencias culturales respecto a ciertos conceptos tradicionales de
la familia.
El mero transcurso del
tiempo en casos de custodia de menores de edad puede constituir un factor que
favorece o no la creación de lazos con
la familia. Por ende, la mayor dilación en los procedimientos,
independientemente de cualquier decisión sobre la determinación de sus
derechos, podía determinar el carácter irreversible o irremediable de la
situación de hecho y volver perjudicial para los intereses de las niñas y los
niños y, en su caso, de las madres y padres biológicos, cualquier decisión al
respecto”.
La senadora hace un
recuento del caso, en base a datos que le proporcionó el Centro de Derechos
Humanos de las Mujeres:
El pasado 16 enero del presente año Clara Armendáriz dejó a su hija
recién nacida afuera de la iglesia de San Antonio. En virtud de que ocultó el embarazo a su familia por una profunda depresión
derivada de la muerte reciente de su madre, el abandono de su pareja sentimental
al enterarse del embarazo, el sentimiento de culpa y el rechazo de una sociedad
conservadora que reprueba social y religiosamente a las madres solteras.
Al tener los dolores del parto y ante la inminencia del nacimiento,
Clara se dirigió a una clínica pero en el trayecto tuvo el parto de su hija;
confiada en que alguien la ayudaría, decidió dejarla en la iglesia a donde asistía asiduamente.
La Fiscalía del Estado investigó y ubicaron a Clara, a quien le fincaron
responsabilidad penal por omisión de cuidados y violencia familiar. Actualmente,
se encuentra sujeta a un proceso
judicial.
Por su parte, la Procuraduría de Asistencia Jurídica y Social del
Desarrollo Integral de la Familia (DIF), inició un juicio para solicitar la
pérdida de la patria potestad.
Clara tiene
19 años y es estudiante de la Escuela Normal del Estado. De acuerdo con los
peritajes psicológico y psiquiátrico que le hicieron, Clara “sufre depresión aguda desde niña debido a
que su mamá padeció durante muchos años, hasta que murió a causa de una
enfermedad, hace más de un año”. La muerte de su madre agravó la depresión
de Clara.
Cuando quedó
embarazada sufrió el rechazo del novio, lo que acrecentó la depresión. Por lo
que decidió, ocultar su embarazo al sentir culpa, en palabras de Clara “no se
atrevía a quedar mal ante su familia”, especialmente su padre, quien la veía
como una joven responsable y estudiosa.
La psicóloga Socorro Elvia López Campos dice
que “es entendible el comportamiento de
Clara, debido a que en la cultura en la que vivimos, es muy mal visto y
castigado socialmente que las mujeres se embaracen fuera de una relación
aprobada legal y religiosamente.”
En este caso
en particular, resalta el papel que han tenido los medios de comunicación, que
en su mayoría han presentado a Clara como una “mala madre”, utilizando además
decenas de calificativos más que hacen que la opinión pública tengo una
impresión errónea de Clara.
La familia de Clara, desde
el momento en que se enteraron de la situación, ha demostrado un apoyo
incondicional. Específicamente, han emprendido todas las acciones legales para
la defensa de Clara y la recuperación de su hija, quien actualmente se
encuentra en custodia de las autoridades.
Las instituciones gubernamentales, tanto la Procuraduría de Asistencia
Jurídica y Social del DIF como el Supremo Tribunal de Justicia del Estado, han
actuado de forma parcial, obstaculizando los procesos; negando las convivencias
de la bebé con su madre, su abuelo, su bisabuela y otros familiares, a pesar de
la solicitud reiterada y que han cubierto los requerimientos del DIF. Negando a
la niña su derecho a la familia, y castigando a las otras personas integrantes
de la familia de Clara de poder de ejercer la guarda y custodia de la niña.
De igual forma las autoridades de Chihuahua han procedido sin
perspectiva de género y omitiendo los estándares internacionales en materia de
derechos humanos tanto de las mujeres como de las niñas, niños y adolescentes.
Han tratado el caso con un gran conservadurismo asumiendo
la presunta “defensa de la niña” plagada
de comentarios sexistas y discriminatorios, permeados por una visión
androcéntrica y apegada totalmente a la cultura patriarcal.
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